{"id":88,"date":"2005-08-05T17:05:09","date_gmt":"2005-08-05T15:05:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sabado100.com.ar\/?p=88"},"modified":"2005-08-05T17:05:09","modified_gmt":"2005-08-05T15:05:09","slug":"las-bases-morales-prepoliticas-del-estado-liberal-segun-jurgen-habermas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sabado100.com.ar\/es-ar\/las-bases-morales-prepoliticas-del-estado-liberal-segun-jurgen-habermas\/","title":{"rendered":"\u00abLas bases morales prepol\u00edticas del Estado liberal\u00bb, seg\u00fan J\u00fcrgen Habermas"},"content":{"rendered":"<p>ROMA, s\u00e1bado, 30 julio 2005 (ZENIT.org).- Ponencia le\u00edda por J\u00fcrgen Habermas el 19 de Enero de 2004 en la \u00abTarde de discusi\u00f3n\u00bb con J\u00fcrgen Habermas y el cardenal Joseph Ratzinger, organizada por la Academia Cat\u00f3lica de Baviera en Munich. El tema \u00abLas bases morales prepol\u00edticas del Estado liberal\u00bb. Abrieron la discusi\u00f3n los dos invitados con sendas ponencias. Primero habl\u00f3 Habermas, despu\u00e9s Ratzinger. Lo que sigue fue la ponencia o \u00abposicionamiento\u00bb de Habermas.<\/p>\n<p>* * *<br \/>\nEl tema de discusi\u00f3n que se nos ha propuesto, me recuerda una pregunta que, en los a\u00f1os sesenta, Ernst-Wolfgang B\u00f6ckenf\u00f6rde redujo a la dram\u00e1tica f\u00f3rmula de si un Estado liberal, secularizado, no se est\u00e1 nutriendo de presupuestos normativos que \u00e9l mismo no puede garantizar[1]. En ello se expresa la duda de que el Estado constitucional democr\u00e1tico pueda cubrir con sus propios recursos los fundamentos normativos en los que ese Estado se basa, as\u00ed como la sospecha de que ese Estado quiz\u00e1 dependa de tradiciones cosmovisionales o religiosas aut\u00f3ctonas [que no dependen de \u00e9l], y en todo caso de tradiciones \u00e9ticas tambi\u00e9n aut\u00f3ctonas, colectivamente vinculantes. Esto, ciertamente, pondr\u00eda en aprietos a un Estado que, en vistas del \u201checho del pluralismo\u201d (Rawls), est\u00e1 obligado a mantener la neutralidad en lo que se refiere a cosmovisiones. Claro es que tal conclusi\u00f3n no puede emplearse como un contraargumento contra aquella sospecha.<\/p>\n<p>[0.- Plan de la presente ponencia]<\/p>\n<p>Lo que voy a empezar haciendo es especificar el problema en dos aspectos. En el aspecto cognitivo la duda se refiere a la cuesti\u00f3n de si, despu\u00e9s de la completa positivizaci\u00f3n del derecho, la estructuraci\u00f3n del poder pol\u00edtico es todav\u00eda accesible a una justificaci\u00f3n o legitimaci\u00f3n secular, es decir, a una justificaci\u00f3n o legitimaci\u00f3n no religiosa, sino postmetaf\u00edsica [1]. Pero aun cuando se admita tal legitimaci\u00f3n, en el aspecto motivacional todav\u00eda sigue en pie la duda de si una comunidad que, en lo que se refiere a cosmovisi\u00f3n es pluralista, podr\u00e1 estabilizarse normativamente (es decir, m\u00e1s all\u00e1 de un simple modus vivendi) a trav\u00e9s de la suposici\u00f3n de un consenso de fondo que, en el mejor de los casos, ser\u00e1 un consenso formal, un consenso limitado a procedimientos y principios [2]. Pero aun cuando pudiera despejarse esa duda, quedar\u00eda en pie el que los ordenes liberales dependen (en lo que respecta a dimensi\u00f3n normativa) de la solidaridad de sus ciudadanos, y que esas fuentes podr\u00edan secarse a causa de una \u201cdescarrilada\u201d secularizaci\u00f3n de la sociedad en conjunto. Este diagn\u00f3stico no puede rechazarse sin m\u00e1s, pero tampoco puede entenderse en el sentido de que aquellos entre los defensores de la religi\u00f3n, que son gente formada, es decir, que son la clase culta, quieran obtener de ello una especie de \u201cplusval\u00eda\u201d  para lo que ellos defienden [3]. En lugar de eso (es decir, para evitar esa obtenci\u00f3n de plusval\u00eda) voy a proponer entender la secularizaci\u00f3n cultural y social como un doble proceso que obliga tanto a las tradiciones de la Ilustraci\u00f3n como a las doctrinas religiosas a reflexionar sobre sus respectivos l\u00edmites [4]. Y en lo que respecta a las sociedades postseculares se plantea, finalmente, la cuesti\u00f3n de cu\u00e1les son las actitudes cognitivas y las expectativas normativas que un Estado liberal puede suponer y exigir tanto a sus ciudadanos creyentes como a sus ciudadanos no creyentes en su trato mutuo [5].<\/p>\n<p>[1.- Justificaci\u00f3n no religiosa, postmetaf\u00edsica, del derecho]<\/p>\n<p>El liberalismo pol\u00edtico (que yo defiendo en la forma especial de un republicanismo kantiano[2]) se entiende como una justificaci\u00f3n no religiosa y postmetaf\u00edsica de los fundamentos normativos del Estado constitucional democr\u00e1tico. Esta teor\u00eda se mueve en la tradici\u00f3n del derecho racional, que renuncia a las fuertes presuposiciones tanto cosmol\u00f3gicas como relativas a la historia de la salvaci\u00f3n, que caracterizaban a las doctrinas cl\u00e1sicas y religiosas del derecho natural. La historia de la teolog\u00eda cristiana en la Edad Media, y en especial la Escol\u00e1stica espa\u00f1ola tard\u00eda, pertenecen, naturalmente, a la genealog\u00eda de los derechos del hombre. Pero los fundamentos legitimadores de un poder estatal neutral en lo concerniente a cosmovisi\u00f3n proceden finalmente de las fuentes profanas que representa la filosof\u00eda del siglo XVII y del siglo XVIII. S\u00f3lo mucho m\u00e1s tarde fueron capaces la teolog\u00eda y la Iglesia de digerir los desaf\u00edos espirituales que representaba el Estado constitucional revolucionario. Por el lado cat\u00f3lico, que con la idea de \u201cluz natural\u201d, con la idea de lumen naturale, una relaci\u00f3n mucho m\u00e1s distendida, nada se opone en principio a una fundamentaci\u00f3n aut\u00f3noma de la moral y del derecho, es decir, a una fundamentaci\u00f3n de la moral y del derecho, independiente de las verdades reveladas.<br \/>\nLa fundamentaci\u00f3n postkantiana de los principios constitucionales liberales [es decir, la posici\u00f3n que sostiene Habermas] ha tenido que enfrentarse en el siglo XX, no tanto a la nostalgia de un derecho natural objetivo (o de una \u201c\u00e9tica material de los valores\u201d), cuanto a formas de cr\u00edtica de tipo historicista y empirista. Pues bien, a mi juicio, son suficientes presuposiciones d\u00e9biles acerca del contenido normativo de la estructura comunicativa de las formas de vida socioculturales, para defender contra el contextualismo un concepto no derrotista de raz\u00f3n, y contra el positivismo jur\u00eddico un concepto no decisionista de validez jur\u00eddica. La tarea central consiste en este sentido en explicar [primero] por qu\u00e9 el proceso democr\u00e1tico se considera un procedimiento de establecimiento leg\u00edtimo del derecho o de creaci\u00f3n leg\u00edtima del derecho; y la respuesta es que, en cuanto que cumple condiciones de una formaci\u00f3n inclusiva y discursiva de la opini\u00f3n y de la voluntad, el proceso democr\u00e1tico funda la sospecha de una aceptabilidad racional de los resultados; y [segundo] por qu\u00e9 la democracia y los derechos del hombre son las dimensiones normativas b\u00e1sicas que nos aparecen siempre cooriginalmente entrelazadas en lo que son nuestras constituciones, es decir, en lo que en Occidente ha venido siendo el establecimiento mismo de una constituci\u00f3n; y la respuesta es que la institucionalizaci\u00f3n jur\u00eddica del procedimiento de creaci\u00f3n democr\u00e1tica del derecho exige que se garanticen a la vez tanto los derechos fundamentales de tipo liberal como los derechos fundamentales de tipo pol\u00edtico-ciudadano.[3]<br \/>\nEl punto de referencia de esta estrategia de fundamentaci\u00f3n (de la estrategia de fundamentaci\u00f3n postmetaf\u00edsica que estoy considerando) es la constituci\u00f3n que se dan a s\u00ed mismos ciudadanos asociados, y no la domesticaci\u00f3n de un poder estatal ya existente, pues ese poder (esto es lo que se est\u00e1 suponiendo en dicha estrategia de fundamentaci\u00f3n  postmetaf\u00edsica), pues ese poder, digo, ha de empezar gener\u00e1ndose por la v\u00eda del establecimiento democr\u00e1tico de una constituci\u00f3n (es decir, por la misma v\u00eda por la que llega a establecerse una constituci\u00f3n democr\u00e1tica). Un poder estatal \u201cconstituido\u201d (y no s\u00f3lo constitucionalmente domesticado) es siempre un poder juridificado hasta en su n\u00facleo m\u00e1s \u00edntimo, de suerte que el derecho penetra hasta el fin el poder pol\u00edtico, hasta no dejar ni un residuo que no est\u00e9 juridificado. Mientras que el positivismo de la voluntad estatal (muy enraizado \u00e9l en el imperio alem\u00e1n), que sostuvieron los te\u00f3ricos alemanes del Derecho P\u00fablico (desde Laband y Jellinek hasta Carl Schmitt) hab\u00eda dejado siempre alg\u00fan hueco o alg\u00fan rinc\u00f3n por el que pod\u00eda colarse de contrabando algo as\u00ed como una sustancia \u00e9tica de lo \u201cestatal\u201d o de lo \u201cpol\u00edtico\u201d, exenta de derecho, en el Estado constitucional no queda ning\u00fan sujeto del poder pol\u00edtico, que pudiera suponerse que se nutre o se est\u00e1 nutriendo de una sustancia prejur\u00eddica o de alg\u00fan tipo de sustancia prejur\u00eddica[4]. De la soberan\u00eda preconstitucional de los pr\u00edncipes no queda en el Estado constitucional ning\u00fan lugar vac\u00edo que ahora \u2013 en la forma de ethos de un pueblo m\u00e1s o menos homog\u00e9neo \u2013 hubiera  que rellenar con una soberan\u00eda popular igualmente sustancial (es decir, de base igualmente prejur\u00eddica).<br \/>\nA la luz de esta herencia problem\u00e1tica, la pregunta de B\u00f6ckenf\u00f6rde ha podido entenderse en el sentido de si un orden constitucional totalmente positivazado necesita todav\u00eda de la religi\u00f3n o de alg\u00fan otro \u201cpoder sustentador\u201d para asegurar cognitivamente los fundamentos que lo legitiman. Conforme a esta lectura, la pretensi\u00f3n de validez del derecho positivo depender\u00eda de una fundamentaci\u00f3n en convicciones de tipo \u00e9tico-prepol\u00edtico, de las que ser\u00edan portadoras las comunidades religiosas o las comunidades nacionales, porque tal orden jur\u00eddico no podr\u00eda legitimarse autorreferencialmente a partir s\u00f3lo de procedimientos jur\u00eddicos generados democr\u00e1ticamente. Si, por el contrario, el procedimiento democr\u00e1tico no se entiende, como hacen Kelsen o Luhmann en t\u00e9rminos positivistas, sino que se lo concibe como un m\u00e9todo para generar legitimidad a partir de la legalidad (es lo que he defendido en \u201cFacticidad y validez\u201d), no surge ning\u00fan d\u00e9ficit de validez que hubiera que rellenar mediante eticidad (es decir, que hubiera que rellenar recurriendo a sustancia normativa pre-jur\u00eddica). As\u00ed pues, frente a una comprensi\u00f3n del Estado constitucional, proveniente del hegelianismo de derechas, est\u00e1 esta otra concepci\u00f3n, procedimental, inspirada por Kant, de una fundamentaci\u00f3n de los principios constitucionales, aut\u00f3noma, que, tal como ella misma pretende, ser\u00eda racionalmente aceptable para todos los ciudadanos.<\/p>\n<p>[3.- La duda en el aspecto motivacional]<\/p>\n<p>En lo que sigue voy a partir de que la constituci\u00f3n del Estado liberal puede cubrir su necesidad de legitimaci\u00f3n en t\u00e9rminos autosuficientes, es decir, administrando en lo que a argumentaci\u00f3n se refiere, un capital cognitivo y unos recursos cognitivos que son independientes de las tradiciones religiosas y metaf\u00edsicas. Pero incluso dando por sentada esta premisa, sigue en pie la duda en lo que respecta al aspecto motivacional. Efectivamente, los presupuestos normativos en que se asienta el Estado constitucional democr\u00e1tico son m\u00e1s exigentes en lo que respecta al papel de ciudadanos que se entienden como autores del derecho, son m\u00e1s exigentes en ese aspecto, digo, que en lo que se refiere al papel de personas privadas o de miembros de la sociedad, que son los destinatarios de ese derecho que se produce en el papel del ciudadano. De los destinatarios del derecho se s\u00f3lo espera que en la realizaci\u00f3n de lo que son sus libertades subjetivas (y de lo que son sus aspiraciones subjetivas) no transgredan los l\u00edmites que la ley les impone. Pero algo bien distinto a lo que es esta simple obediencia frente a leyes coercitivas, a las que queda sujeta la libertad, es lo que se supone en lo que respecta a las motivaciones y actitudes que se esperan de los ciudadanos precisamente en el papel de colegisladores democr\u00e1ticos.<br \/>\nPues se supone, efectivamente, que \u00e9stos han de poner por obra sus derechos de comunicaci\u00f3n y sus derechos de participaci\u00f3n, y ello no s\u00f3lo en funci\u00f3n de su propio inter\u00e9s bien entendido, sino orient\u00e1ndose al bien com\u00fan, es decir, al bien de todos. Y esto exige la complicada y fr\u00e1gil puesta en juego de una motivaci\u00f3n, que no es posible imponer por v\u00eda legal. Una obligaci\u00f3n legalmente coercitiva de ejercer el derecho a voto, representar\u00eda en un Estado de derecho un cuerpo tan extra\u00f1o como una solidaridad que viniese dictada por ley. La disponibilidad a salir en defensa de ciudadanos extra\u00f1os y que seguir\u00e1n siendo an\u00f3nimos y a aceptar sacrificios por el inter\u00e9s general es algo que no se puede mandar, sino s\u00f3lo suponer, a los ciudadanos de una comunidad liberal. De ah\u00ed que las virtudes pol\u00edticas, aun cuando s\u00f3lo se las recoja o se las implique \u201cen calderilla\u201d, sean esenciales para la existencia de una democracia. Esas virtudes son un asunto de la socializaci\u00f3n, y del acostumbrarse a las pr\u00e1cticas y a la forma de pensar de una cultura pol\u00edtica traspasada por el ejercicio de la libertad pol\u00edtica y de la ciudadan\u00eda. Y, por tanto, el estatus de ciudadano pol\u00edtico est\u00e1 en cierto modo inserto en una \u201csociedad civil\u201d que se nutre de fuentes espont\u00e1neas, y, si ustedes quieren, \u201cprepol\u00edticas\u201d.<br \/>\nPero de ello no se sigue que el Estado liberal sea incapaz de reproducir sus propios presupuestos motivacionales a partir de su propio potencial secular, no-religioso. Los motivos para una participaci\u00f3n de los ciudadanos en la formaci\u00f3n pol\u00edtica de la opini\u00f3n y de la voluntad colectiva se nutren, ciertamente, de proyectos \u00e9ticos de vida (es decir, de ideales de existencia) y de formas culturales de vida. Pero las pr\u00e1cticas democr\u00e1ticas desarrollan su propia din\u00e1mica pol\u00edtica. S\u00f3lo un Estado de derecho sin democracia, al que en Alemania estuvimos acostumbrados durante mucho tiempo, sugerir\u00eda una respuesta negativa a la pregunta de B\u00f6ckenf\u00f6rde:<br \/>\n\u201c\u00bfC\u00f3mo podr\u00edan vivir pueblos estatalmente unidos, c\u00f3mo podr\u00edan vivir, digo, s\u00f3lo de la garant\u00eda de la libertad de los particulares, sin un v\u00ednculo unificador que anteceda a esa libertad?\u201d[5] La respuesta es que el Estado de derecho articulado en t\u00e9rminos de constituci\u00f3n democr\u00e1tica garantiza no s\u00f3lo libertades negativas para los miembros de la sociedad que, como tales, de lo que se preocupan es de su propio bienestar, sino que ese Estado, al desatar las libertades comunicativas, moviliza tambi\u00e9n la participaci\u00f3n de los ciudadanos en una disputa p\u00fablica acerca de temas que conciernen a todos en com\u00fan. El \u201clazo unificador\u201d que B\u00f6ckenf\u00f6rde echa en falta es el proceso democr\u00e1tico mismo, en el que en \u00faltima instancia lo que queda a discusi\u00f3n (o lo que siempre est\u00e1 en discusi\u00f3n) es la comprensi\u00f3n correcta de la propia constituci\u00f3n.<br \/>\nAs\u00ed por ejemplo, en las actuales discusiones acerca de la reforma del estado de bienestar, acerca de la pol\u00edtica de emigraci\u00f3n, acerca de la guerra de Irak, o acerca de la supresi\u00f3n del servicio militar obligatorio, no solamente se trata de esta o aquella medida pol\u00edtica particular, sino que siempre se trata tambi\u00e9n de una controvertida interpretaci\u00f3n de los principios constitucionales, e impl\u00edcitamente se trata de c\u00f3mo queremos entendernos, tanto como ciudadanos de la Rep\u00fablica Federal de Alemania, como tambi\u00e9n como europeos, a la luz de la pluralidad de nuestras formas de vida culturales, y del pluralismo de nuestras visiones del mundo y de nuestras convicciones religiosas. Ciertamente, si miramos hist\u00f3ricamente hacia atr\u00e1s, vemos que un trasfondo religioso com\u00fan, una lengua com\u00fan, y sobre todo la conciencia nacional reci\u00e9n despertada, fueron elementos importantes para el surgimiento de esa solidaridad ciudadana altamente abstracta. Pero mientras tanto, nuestras mentalidades republicanas se han disociado profundamente de ese tipo de anclajes pre-pol\u00edticos. El que no se est\u00e1 dispuesto a morir \u201cpor Niza\u201d, ya no es ninguna objeci\u00f3n contra una Constituci\u00f3n europea. Piensen ustedes en todas las discusiones de tipo \u00e9tico-pol\u00edtico acerca del holocausto y la criminalidad de masas: esas discusiones han vuelto conscientes a los ciudadanos de la Rep\u00fablica Federal de Alemania del logro que representa la Constituci\u00f3n (la Grundgesetz). Este ejemplo de una \u201cpol\u00edtica de la memoria\u201d de tipo autocr\u00edtico (que mientras tanto ya no resulta excepcional, sino que se ha extendido tambi\u00e9n a otros pa\u00edses) demuestra c\u00f3mo en el medio que representa la pol\u00edtica pueden formarse y renovarse vinculaciones que tienen que ver con lo que vengo llamando \u201cpatriotismo constitucional\u201d[6].<br \/>\nPues frente a un malentendido ampliamente extendido, \u201cpatriotismo constitucional\u201d no significa que los ciudadanos hagan suyos los principios de la Constituci\u00f3n, no s\u00f3lo en el contenido abstracto de \u00e9stos, sino que hagan propios esos principios en el contenido concreto que esos principios tienen cuando se parte del contexto hist\u00f3rico de su propia historia nacional. Si los contenidos morales de los derechos fundamentales han de hacer pie en las mentalidades, no basta con un proceso cognitivo. S\u00f3lo para la integraci\u00f3n de una sociedad mundial de ciudadanos, constitucionalmente articulada, (si es que alguna vez llegara a haberla), habr\u00edan de ser suficientes la adecuada intelecci\u00f3n moral de las cosas y una concordancia mundial en lo tocante a indignaci\u00f3n moral acerca de las violaciones masivas de los derechos del hombre. Pero entre los miembros de una comunidad pol\u00edtica s\u00f3lo se produce una solidaridad (por abstracta que \u00e9sta sea y por jur\u00eddicamente mediada que esa solidaridad venga), s\u00f3lo se produce una solidaridad, digo, si los principios de justicia logran penetrar en la trama m\u00e1s densa de orientaciones culturales concretas y logran impregnarla.<\/p>\n<p>[4.- Del agotamiento de las fuentes de la solidaridad. De c\u00f3mo ello no puede convertirse en una especie de plusval\u00eda para el elemento religioso]<\/p>\n<p>Conforme a las consideraciones que hemos hecho hasta aqu\u00ed, la naturaleza secular del Estado constitucional democr\u00e1tico no presenta, pues, ninguna debilidad interna, inmanente al proceso pol\u00edtico como tal, que en sentido cognitivo o en sentido motivacional pusiese en peligro su autoestabilizaci\u00f3n. Pero con ello no est\u00e1n excluidas todav\u00eda las razones no internas e inmanentes, sino externas. Una modernizaci\u00f3n \u201cdescarrilada\u201d de la sociedad en conjunto podr\u00eda aflojar el lazo democr\u00e1tico y consumir aquella solidaridad de la que depende el Estado democr\u00e1tico sin que \u00e9l pueda imponerla jur\u00eddicamente. Y entonces se producir\u00eda precisamente aquella constelaci\u00f3n que B\u00f6ckenf\u00f6rde tiene a la vista: la transformaci\u00f3n de los miembros de las pr\u00f3speras y pac\u00edficas sociedades liberales en m\u00f3nadas aisladas, que act\u00faan interesadamente, que no hacen sino lanzar sus derechos subjetivos como armas los unos contra los otros. Evidencias de tal desmoronamiento de la solidaridad ciudadana se hacen sobre todo visibles en esos contextos m\u00e1s amplios que representan la din\u00e1mica de una econom\u00eda mundial y de una sociedad mundial, que a\u00fan carecen de un marco pol\u00edtico adecuado desde el que pudieran ser controladas. Los mercados, que, ciertamente, no pueden democratizarse como se democratiza a las administraciones estatales, asumen crecientemente funciones de regulaci\u00f3n en \u00e1mbitos de la existencia, cuya integraci\u00f3n se manten\u00eda hasta ahora normativamente, es decir, cuya integraci\u00f3n, o era de tipo pol\u00edtico, o se produc\u00eda a trav\u00e9s de formas prepol\u00edticas de comunicaci\u00f3n. Y con ello, no solamente esferas de la existencia privada pasan a asentarse en creciente medida sobre los mecanismos de la acci\u00f3n orientada al propio \u00e9xito particular, es decir, de la acci\u00f3n orientada a las propias preferencias particulares de uno; sino que tambi\u00e9n se contrae el \u00e1mbito de lo que queda sometido a la necesidad de legitimarse p\u00fablicamente. Se produce un reforzamiento del privatismo ciudadano a causa de la desmoralizadora p\u00e9rdida de funci\u00f3n de una formaci\u00f3n democr\u00e1tica de la opini\u00f3n y de la voluntad colectivas que si acaso s\u00f3lo funciona ya (y ello s\u00f3lo a medias) en los \u00e1mbitos nacionales, y que, por tanto, no alcanza ya a los procesos de decisi\u00f3n desplazados a nivel supranacional. Por tanto, tambi\u00e9n la desaparici\u00f3n de la esperanza de que la comunidad internacional pueda llegar a tener alguna fuerza de configuraci\u00f3n pol\u00edtica fomenta la tendencia a una despolitizaci\u00f3n de los ciudadanos. En vista de los conflictos y de las sangrantes injusticias sociales de una sociedad mundial, fragmentada en alta medida, crece el desenga\u00f1o con cada fracaso que se produce en el camino (emprendido desde 1945) de una constitucionalizaci\u00f3n del \u201cderecho de gentes\u201d.<\/p>\n<p>[Necesidad de reflexi\u00f3n de las tradiciones religiosas y de las tradiciones de la Ilustraci\u00f3n]<\/p>\n<p>Las teor\u00edas postmodernas, situ\u00e1ndose en el plano de una cr\u00edtica de la raz\u00f3n, entienden estas crisis no como consecuencia de una utilizaci\u00f3n selectiva de los potenciales de raz\u00f3n inherentes a la modernidad occidental, sino que entienden estas crisis como el resultado l\u00f3gico del programa de una racionalizaci\u00f3n cultural y social, que no tiene m\u00e1s remedio que resultar autodestructiva. Ese escepticismo radical en lo que toca a la raz\u00f3n, le es, ciertamente, ajeno a la tradici\u00f3n cat\u00f3lica por las propias ra\u00edces de \u00e9sta. Pero el catolicismo, por lo menos hasta los a\u00f1os 60 del siglo pasado, se hizo \u00e9l solo las cosas muy dif\u00edciles en lo tocante a sus relaciones con el pensamiento secular del humanismo, la Ilustraci\u00f3n y el liberalismo pol\u00edtico. Pero en todo caso el teorema de que a una modernidad casi descalabrada s\u00f3lo puede sacarla ya del atolladero la orientaci\u00f3n hacia un punto de referencia transcendente, es un teorema que hoy vuelve a encontrar resonancia. En Teher\u00e1n un colega me preguntaba si desde el punto de vista de una comparaci\u00f3n de las culturas y desde un punto de vista de sociolog\u00eda de la religi\u00f3n, no era, precisamente, la secularizaci\u00f3n europea el camino propiamente equivocado que necesitaba de una correcci\u00f3n de rumbo. Y esto nos recuerda el estado de \u00e1nimo que prevaleci\u00f3 en la Rep\u00fablica de Weimer, nos recuerda a Carl Schmitt, a Heidegger, a Leo Strauss. Pero a m\u00ed me parece que es mucho mejor o que es m\u00e1s productivo no exagerar en t\u00e9rminos de una cr\u00edtica de la raz\u00f3n la cuesti\u00f3n de si una modernidad que se ha vuelto ambivalente podr\u00e1 estabilizarse sola a partir de las fuerzas seculares (es decir, no religiosas) de una raz\u00f3n comunicativa, sino tratar tal cuesti\u00f3n de forma no dram\u00e1tica como una cuesti\u00f3n emp\u00edrica que debe considerarse abierta. Con lo cual no quiero decir que el fen\u00f3meno de la persistencia de la religi\u00f3n en un entorno ampliamente secularizado haya de traerse a colaci\u00f3n solamente como un mero hecho social. La filosof\u00eda tiene que tratar tambi\u00e9n de entender ese fen\u00f3meno, por as\u00ed decir, desde dentro, de tomarlo en serio como un desaf\u00edo cognitivo. Pero antes de seguir esta v\u00eda de discusi\u00f3n, quiero por lo menos mencionar una posible ramificaci\u00f3n del di\u00e1logo en un sentido distinto, que resulta tambi\u00e9n obvia. Me refiero a que en el curso de la reciente radicalizaci\u00f3n de la cr\u00edtica de la raz\u00f3n, tambi\u00e9n la filosof\u00eda se ha dejado mover hacia una reflexi\u00f3n acerca de sus propios or\u00edgenes religioso-metaf\u00edsicos, dej\u00e1ndose envolver en ocasiones en di\u00e1logos con la teolog\u00eda que, por su parte, buscaba conectar con los ensayos filos\u00f3ficos de una autorreflexi\u00f3n posthegeliana de la raz\u00f3n[7].<\/p>\n<p>(Excurso. Punto de conexi\u00f3n o de contacto para un discurso filos\u00f3fico acerca de la raz\u00f3n y la revelaci\u00f3n, lo ha constituido siempre una figura de pensamiento que retorna una y otra vez: la raz\u00f3n, al reflexionar sobre su fundamento m\u00e1s hondo, descubre que tiene su origen en otro; y el poder de eso otro, que entonces se le convierte en destino, la raz\u00f3n tiene que reconocerlo si es que no quiere perder su propia orientaci\u00f3n racional en el callej\u00f3n sin salida de alguno de esos h\u00edbridos intentos de darse alcance por completo a s\u00ed misma. Como modelo sirve aqu\u00ed la ejercitaci\u00f3n de la raz\u00f3n en una especie de conversi\u00f3n producida por la propia fuerza de la raz\u00f3n, o por lo menos provocada por la propia fuerza de la raz\u00f3n, es decir, como modelo sirve aqu\u00ed el ejercicio de una conversi\u00f3n de la raz\u00f3n por la raz\u00f3n, ya sea que esa reflexi\u00f3n parta, como ocurre en Schleiermacher, de la autoconciencia del sujeto cognoscente y agente, o esa autorreflexi\u00f3n parta, como ocurre en Kierkegaard, de la historicidad del autocercioramiento existencial de s\u00ed que el sujeto busca, ya sea que esa reflexi\u00f3n parta, como ocurre en Hegel, Feuerbach y Marx, de la provocaci\u00f3n que representa el desgarramiento de un mundo \u00e9tico que se escinde. Aun sin verse movida inicialmente a ello por motivaciones teol\u00f3gicas, una raz\u00f3n que se vuelve consciente de sus l\u00edmites se transciende a s\u00ed misma en direcci\u00f3n a otro: ya sea en una fusi\u00f3n m\u00edstica con una conciencia c\u00f3smica envolvente, ya sea en la desesperada esperanza de que en la historia hab\u00eda irrumpido ya un mensaje definitivamente salvador, ya sea en forma de una solidaridad con los humillados y ofendidos, que trata de dar prisa a la salvaci\u00f3n mesi\u00e1nica para que \u00e9sta comparezca. Estos tres dioses an\u00f3nimos de la metaf\u00edsica posthegeliana (la conciencia envolvente, el acontecimiento de un mensaje salvador que se dona a s\u00ed mismo sin supuestos previos de pensamiento, y la idea de una sociedad no alienada), se convierten siempre para la teolog\u00eda en presa f\u00e1cil. Pues se dir\u00eda que son esos dioses mismos quienes se ofrecen a quedar descifrados como pseud\u00f3nimos de la Trinidad de ese Dios personal que \u00c9l mismo hace donaci\u00f3n de s\u00ed al hombre. Fin del excurso).<br \/>\nDebo decir que estos intentos de renovaci\u00f3n de una teolog\u00eda filos\u00f3fica posthegeliana me parecen, pues, pese a todo, mucho m\u00e1s simp\u00e1ticos que ese nietzscheanismo que toma en pr\u00e9stamo las connotaciones cristianas del o\u00edr y el escuchar, del pensar rememorativo y de la expectativa de la gracia, de la venida y del acontecimiento salv\u00edfico, que hace suyas, digo, esas connotaciones cristianas para reducirlas a un pensamiento que, desprovisto de toda textura y tu\u00e9tano proposicional, pretende pasar por detr\u00e1s de Cristo y de S\u00f3crates para perderse en la indeterminaci\u00f3n de lo arcaico. Pero, aunque los intentos de renovaci\u00f3n posthegeliana de la teolog\u00eda filos\u00f3fica resulten m\u00e1s simp\u00e1ticos que todo esto, una filosof\u00eda que permanezca consciente de su falibilidad, y de su fr\u00e1gil posici\u00f3n dentro de la diferenciada morada de una sociedad moderna, tiene que atenerse a una distinci\u00f3n gen\u00e9rica (pero que de ninguna manera tiene que tener un sentido peyorativo) entre un discurso secular que, por su propia pretensi\u00f3n, es un discurso de todos y accesible a todos, y un discurso religioso dependiente de las verdades religiosas reveladas. Ahora bien, a diferencia de lo que sucede en Kant y en Hegel, este trazado gramatical de l\u00edmites no lleva asociada la pretensi\u00f3n filos\u00f3fica de ser \u00e9l quien decida qu\u00e9 es lo verdadero y lo falso en el contenido de las tradiciones religiosas que quedan allende el saber mundano socialmente institucionalizado. El respeto que va de la mano de este abstenerse cognitivamente de todo juicio en este terreno, se funda en el respeto por las personas y formas de vida que evidentemente extraen su propia integridad y su propia autenticidad de sus convicciones religiosas. Pero el respeto no es aqu\u00ed todo, sino que la filosof\u00eda tiene tambi\u00e9n muy buenas razones para mostrarse dispuesta a aprender de las tradiciones religiosas.<br \/>\nEn contraposici\u00f3n con la abstinencia \u00e9tica de un pensamiento postmetaf\u00edsico al que necesariamente tiene que escap\u00e1rsele todo concepto de vida buena y ejemplar que se presente como siendo universalmente obligatorio para todos, en contraposici\u00f3n, digo, con lo que sucede en una posici\u00f3n postmetaf\u00edsica, resulta que en las Sagradas Escrituras y en las tradiciones religiosas han quedado articuladas intuiciones acerca de la culpa y la redenci\u00f3n, acerca de lo que puede ser la salida salvadora de una vida que se ha experimentado como carente de salvaci\u00f3n, intuiciones que se han venido deletreando y subrayando sutilmente durante milenios y que se han mantenido hermen\u00e9uticamente vivas. Por eso en la vida comunitaria de las comunidades religiosas, en la medida en que logran evitar el dogmatismo y la coerci\u00f3n sobre las conciencias, permanece intacto algo que en otros lugares se ha perdido y que tampoco puede reconstruirse con s\u00f3lo el saber profesional de los expertos, me refiero a posibilidades de expresi\u00f3n suficientemente diferenciadas y a sensibilidades suficientemente diferenciadas en lo que respecta a la vida malograda y fracasada, a patolog\u00edas sociales, al malogro de proyectos de vida individual y a las deformaciones de contextos de vida distorsionados. De la asimetr\u00eda de pretensiones epist\u00e9micas (la filosof\u00eda no puede pretender saber aquello que la religi\u00f3n se presenta sabiendo) permite fundamentar una disponibilidad de la filosof\u00eda a aprender de la religi\u00f3n, y no por razones funcionales, sino por razones de contenido, es decir, precisamente recordando el \u00e9xito de sus propios procesos \u201chegelianos\u201d de aprendizaje. Con esto de \u201cprocesos hegelianos de aprendizaje\u201d quiero decir que la mutua compenetraci\u00f3n de Cristianismo y metaf\u00edsica griega no s\u00f3lo dio lugar a la configuraci\u00f3n espiritual y conceptual que cobr\u00f3 la dogm\u00e1tica teol\u00f3gica, y que esa mutua compenetraci\u00f3n no solamente dio lugar en suma a una helenizaci\u00f3n del Cristianismo que no en todos los aspectos fue una bendici\u00f3n. Sino que por el otro lado foment\u00f3 tambi\u00e9n una apropiaci\u00f3n de contenidos genuinamente cristianos por parte de la filosof\u00eda. Ese trabajo de apropiaci\u00f3n cuaj\u00f3 en redes conceptuales de alta carga normativa como fueron las formadas por los conceptos de responsabilidad, autonom\u00eda y justificaci\u00f3n, las formadas por los conceptos de historia, memoria, nuevo comienzo, innovaci\u00f3n y retorno, las formadas por los conceptos de emancipaci\u00f3n y cumplimiento, por los conceptos de extra\u00f1amiento, interiorizaci\u00f3n y encarnaci\u00f3n, o por los conceptos de individualidad y comunidad. Ese trabajo de apropiaci\u00f3n transform\u00f3 el sentido religioso original, pero no deflacion\u00e1ndolo y vaci\u00e1ndolo, ni tampoco consumi\u00e9ndolo o despilfarr\u00e1ndolo. La traducci\u00f3n de que el hombre es imagen de Dios a la idea de una igual dignidad de todos los hombres que hay que respetar incondicionalmente es una de esas traducciones salvadoras (que salvan el contenido religioso traduci\u00e9ndolo a filosof\u00eda). Es una de esas traducciones que, allende los l\u00edmites de una determinada comunidad religiosa, abre el contenido de los conceptos b\u00edblicos al p\u00fablico universal de quienes profesan otras creencias o de quienes simplemente no son creyentes. Benjamin fue alguien que muchas veces consigui\u00f3 hacer esa clase de traducciones.<br \/>\nSobre la base de esta experiencia de una liberaci\u00f3n secularizadora de potenciales de significado que, por de pronto, est\u00e1n encapsulados en las religiones, podemos dar al teorema de B\u00f6ckenf\u00f6rde un sentido que ya no tiene por qu\u00e9 resultar capcioso. He mencionado el diagn\u00f3stico conforme al que el equilibrio que en la modernidad se produce o tiene que producirse entre los tres grandes medios de integraci\u00f3n social (el dinero, el poder y la solidaridad), conforme al que ese equilibrio, digo, corre el riesgo de venirse abajo porque los mercados y el poder administrativo expulsan de cada vez m\u00e1s \u00e1mbitos sociales a la solidaridad, es decir, prescinden de una coordinaci\u00f3n de la acci\u00f3n, producida a trav\u00e9s de valores, normas y un empleo del lenguaje orientado a entenderse. Y as\u00ed, resulta tambi\u00e9n en inter\u00e9s del propio Estado constitucional el tratar con respeto y cuidado a todas aquellas fuentes culturales de las que se alimenta la conciencia normativa de solidaridad de los ciudadanos. Es esta conciencia que se ha vuelto conservadora, lo que se refleja en la expresi\u00f3n \u201csociedad postsecular\u201d[8]. Esta expresi\u00f3n no solamente se refiere al hecho de que la religi\u00f3n se afirma crecientemente en el entorno secular y de que la sociedad ha de contar indefinidamente con la persistencia de comunidades religiosas. La expresi\u00f3n \u201cpostsecular\u201d tampoco pretende s\u00f3lo devolver a las comunidades religiosas el reconocimiento p\u00fablico que se merecen por la contribuci\u00f3n funcional que hacen a los motivos y actitudes deseadas, es decir, a motivos y actitudes que vienen bien a todos. En la conciencia p\u00fablica de una sociedad postsecular se refleja m\u00e1s bien una intuici\u00f3n normativa que tiene consecuencias para el trato pol\u00edtico entre ciudadanos creyentes y ciudadanos no creyentes. En la \u201csociedad postsecular\u201d acaba imponi\u00e9ndose la convicci\u00f3n de que \u201cla modernizaci\u00f3n de la conciencia p\u00fablica\u201d acaba abrazando por igual a las mentalidades religiosas y a las mentalidades mundanas (pese a las diferencias de fases que pueden ofrecer entre si) y cambia a ambas reflexivamente. Pues ambas partes, con tal de que entiendan en com\u00fan la secularizaci\u00f3n de la sociedad como un proceso de aprendizaje, ambas partes, digo, pueden hacer su contribuci\u00f3n a temas controvertidos en el espacio p\u00fablico, y entonces tambi\u00e9n tomarse mutuamente en serio por razones cognitivas.<\/p>\n<p>[Qu\u00e9 puede esperar el Estado liberal de creyentes y no creyentes]<\/p>\n<p>Por el lado de la conciencia religiosa, \u00e9sta se ha visto obligada a hacer procesos de adaptaci\u00f3n. Toda religi\u00f3n es originalmente \u201cimagen del mundo\u201d o, como dice Rawls, una comprehensive doctrine (una doctrina omniabarcante), y ello tambi\u00e9n en el sentido de que reclama autoridad para estructurar una forma de vida en conjunto. A esta pretensi\u00f3n de monopolio interpretativo o de configuraci\u00f3n global de la existencia hubo de renunciar la religi\u00f3n al producirse la secularizaci\u00f3n del saber, y al imponerse la neutralidad religiosa inherente al poder estatal y la libertad generalizada de religi\u00f3n. Y con la diferenciaci\u00f3n funcional de subsistemas sociales, la vida religiosa de la comunidad se separa tambi\u00e9n de su entorno social. El papel de miembro de esa comunidad religiosa se diferencia del papel de persona privada o de miembro de la sociedad, en el sentido de que ambos papeles dejan de solaparse ya exactamente. Y como el Estado liberal depende de una integraci\u00f3n pol\u00edtica de los ciudadanos que tiene que ir m\u00e1s all\u00e1 de un mero modus vivendi (es decir, que tiene que contener un fuerte contenido normativo aut\u00f3nomo), esta diferenciaci\u00f3n que se produce en el car\u00e1cter de miembro de las distintas esferas sociales no puede agotarse y no puede reducirse a una adaptaci\u00f3n del hecho religioso a las normas impuestas por la sociedad secular, en t\u00e9rminos tales que el ethos religioso renunciase a toda clase de pretensi\u00f3n. M\u00e1s bien, el orden jur\u00eddico universalista y la moral social igualitaria han de quedar conectados desde dentro al ethos de la comunidad religiosa de suerte que lo primero pueda tambi\u00e9n seguirse consistentemente de lo segundo. Para esta \u201cinserci\u00f3n\u201d John Rawls ha recurrido a la imagen de un m\u00f3dulo: este m\u00f3dulo de la justicia mundana, pese a que est\u00e9 construido con ayuda de razones que son neutrales en lo tocante a cosmovisi\u00f3n, tiene que encajar en los contextos de fundamentaci\u00f3n de la ortodoxia religiosa de que se trate[9].<br \/>\nEsta expectativa normativa con la que el Estado liberal confronta a las comunidades religiosas concuerda con los propios intereses de \u00e9stas en el sentido de que con ello les queda abierta a \u00e9stas la posibilidad de, a trav\u00e9s del espacio p\u00fablico-pol\u00edtico ejercer su influencia sobre la sociedad en conjunto. Ciertamente, las cargas de la tolerancia, como demuestran las regulaciones m\u00e1s o menos liberales acerca del aborto, no est\u00e1n distribuidas sim\u00e9tricamente entre creyentes y no creyentes; pero tampoco para la conciencia secular el gozar de la libertad negativa que representa la libertad religiosa, tampoco, digo, para la conciencia secular ese goce se produce sin costes. Pues de esa conciencia se espera que se ejercite a s\u00ed misma en un trato autorreflexivo con los l\u00edmites de la Ilustraci\u00f3n. La comprensi\u00f3n de la tolerancia por parte de las sociedades pluralistas articuladas por una constituci\u00f3n liberal, no solamente exige de los creyentes que en el trato con los no creyentes y con los que creen de otra manera se hagan a la evidencia de que razonablemente habr\u00e1n de contar con la persistencia indefinida de un disenso: sino que por el otro lado, en el marco de una cultura pol\u00edtica liberal tambi\u00e9n se exige de los no creyentes que se hagan asimismo a esa evidencia en el trato con los creyentes. Y para un ciudadano religiosamente amusical esto significa la exigencia, la exigencia, digo, nada trivial, de determinar tambi\u00e9n autocr\u00edticamente la relaci\u00f3n entre fe y saber desde la perspectiva del propio saber mundano. Pues la expectativa de una persistencia de la no-concordancia entre fe y saber s\u00f3lo merece el predicado de \u201cracional\u201d (es decir, s\u00f3lo merece llamarse una expectativa racional) si, tambi\u00e9n desde el punto de vista del saber secular, se admite para las convicciones religiosas un estatus epist\u00e9mico que no quede calificado simplemente de irracional (por ese saber secular). As\u00ed pues, en el espacio p\u00fablico-pol\u00edtico las cosmovisiones naturalistas que se deben a una elaboraci\u00f3n especulativa de informaciones cient\u00edficas y que son relevantes para la autocomprensi\u00f3n \u00e9tica de los ciudadanos[10], de ninguna manera gozan prima facie de ning\u00fan privilegio frente a las concepciones de tipo cosmovisional o religioso que est\u00e1n en competencia con ellas. La neutralidad cosmovisional del poder del Estado que garantiza iguales libertades \u00e9ticas para cada ciudadano es incompatible con cualquier intento de generalizar pol\u00edticamente una visi\u00f3n secular\u00edstica del mundo. Y los ciudadanos secularizados, cuando se presentan y act\u00faan en su papel de ciudadanos, ni pueden negar en principio a las cosmovisiones religiosas un potencial de verdad, ni tampoco pueden discutir a sus conciudadanos creyentes el derecho a hacer contribuciones en su lenguaje religioso a las discusiones p\u00fablicas. Una cultura pol\u00edtica liberal puede esperar incluso de los ciudadanos secularizados que arrimen el hombro a los esfuerzos de traducir del lenguaje religioso a un lenguaje p\u00fablicamente accesible aquellas aportaciones (del lenguaje religioso) que puedan resultar relevantes.[11]<\/p>\n<p>(Traducci\u00f3n de Manuel Jim\u00e9nez Redondo)<\/p>\n<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8211;<\/p>\n<p>[1]  E.-W. B\u00f6ckenf\u00f6rde, Die Entstehung des Staates als Vorgang der S\u00e4kularisation (1967), en: Idem, Recht, Staat, Freiheit, Frankfurt 1991, pp. 92 ss, aqu\u00ed p. 112.<br \/>\n[2] J. Habermas, Die Einbeziehung des Anderen, Frankfurt 1996.<br \/>\n[3] J. Habermas, Facticidad y validez, traducci\u00f3n M. Jim\u00e9nez Redondo, Madrid  1998.<br \/>\n[4] H. Brunkhorst, \u201eDer lange Schatten  des Staatswillenspositivismus\u201c, Leviathan 31, 2003, 362-381.<br \/>\n[5] B\u00f6ckenf\u00f6rde (1991), p. 111.<br \/>\n[6] Cfr. Jurgen  Habermas, Identidades nacionales y postnacionales, traducci\u00f3n de Manuel Jim\u00e9nez Redondo, Madrid 1989.<br \/>\n[7]  P. Neuner, G. Wenz (Ed.), Theologen des 20. Jahrhunderts, Darmstadt 2002.<br \/>\n[8]  K. Eder, \u201cEurop\u00e4ische S\u00e4kularisierung \u2013 ein Sonderweg in die posts\u00e4kulare Gesellschaft?\u201c, Berliner Journ. f. Soziologie, vol. 3, 2002, 331-343.<br \/>\n[9]  J. Rawls, Political Liberalism, New York, 1993, 12 s., 145..<br \/>\n[10]  V\u00e9ase por ejemplo W. Singer, \u201cNadie puede ser de otra manera que como es. Nuestras conexiones cerebrales nos fijan. Deber\u00edamos dejar de hablar de libertad\u201d, FAZ de 8 de enero 2004, 33.<br \/>\n[11]  J. Habermas, Glauben und Wissen , Frankfurt, 2001.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ponencia en un di\u00e1logo con Joseph Ratinzger, 19 de Enero de 2004<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"site-sidebar-layout":"default","site-content-layout":"","ast-site-content-layout":"default","site-content-style":"default","site-sidebar-style":"default","ast-global-header-display":"","ast-banner-title-visibility":"","ast-main-header-display":"","ast-hfb-above-header-display":"","ast-hfb-below-header-display":"","ast-hfb-mobile-header-display":"","site-post-title":"","ast-breadcrumbs-content":"","ast-featured-img":"","footer-sml-layout":"","ast-disable-related-posts":"","theme-transparent-header-meta":"","adv-header-id-meta":"","stick-header-meta":"","header-above-stick-meta":"","header-main-stick-meta":"","header-below-stick-meta":"","astra-migrate-meta-layouts":"default","ast-page-background-enabled":"default","ast-page-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"ast-content-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-88","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politica"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v23.2 - 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