{"id":2589,"date":"2010-02-21T21:25:13","date_gmt":"2010-02-21T19:25:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sabado100.com.ar\/?p=2589"},"modified":"2010-02-21T21:25:13","modified_gmt":"2010-02-21T19:25:13","slug":"doctorado-en-administracion-publica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sabado100.com.ar\/es-ar\/doctorado-en-administracion-publica\/","title":{"rendered":"Doctorado en administraci\u00f3n p\u00fablica"},"content":{"rendered":"<p>\u00fc\tRECOMENDACIONES del Dr. Ernesto G. F. Luna, (efectuadas en 2001), al presentar la Tesis de Maestr\u00eda en Administraci\u00f3n P\u00fablica en la Facultad de Cs. Econ\u00f3micas U.N.L. Tema: \u201cConstituci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe. Alternativas de Mutaci\u00f3n o vigencia de los Principios Socioecon\u00f3micos, en el texto de 1962\u201d (Siete cap\u00edtulos, 293 p\u00e1gs., 615 citas bibliogr\u00e1ficas, notas de referencia, de contenido y los anexos A, B, C, D, E; \u00edndice de ilustraciones, \u00edndice de cuadros).<br \/>\n\u201c(\u2026) Por todo ello, quedan expuestas las siguientes conclusiones o Tesis:<br \/>\n\u00b7\tPara la Constituci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe, del a\u00f1o 1962,  la Persona Humana, es sujeto, principio, causa, fin y fundamento de la Sociedad y \u00e9sta del Estado. Que ha sido descrito y jur\u00eddicamente demostrado que los \u2018Principios Constitucionales\u2019, difieren del \u2018modelo ortodoxo &#8211; liberal\u2019 del Estado Gendarme, limitado al \u2018dejar hacer, dejar pasar\u2019. Que en la Constituci\u00f3n Provincial, los \u2018Principios socio &#8211; econ\u00f3micos\u2019 est\u00e1n en funci\u00f3n de la justicia social y del desarrollo integral, \u2018sustentable\u2019 y \u2018sostenible\u2019, en convivencia social, en base a los fundamentos deontol\u00f3gicos jur\u00eddicos, determinados por las normas contenidas en el texto en vigencia. Que, adem\u00e1s, de los prop\u00f3sitos te\u00f3ricos consignados en el Pre\u00e1mbulo y en los art\u00edculos 1 a 28 \u2013 seleccionados, los Principios socio &#8211; econ\u00f3micos, Arts.: 8\u00ba, 15\u00ba, 20\u00ba, 23\u00ba, 25\u00ba, 26\u00ba, 27\u00ba y 28\u00ba, conexos y concordantes, Arts.:  1\u00ba, 7\u00ba, 11\u00ba, 13\u00ba, 14\u00ba, 16\u00ba, 19\u00ba, 21\u00ba, 22\u00ba y 24\u00ba, surgen las \u2018aplicaciones pr\u00e1cticas\u2019, de los derechos y garant\u00edas, como debidas y que devienen de dichos Postulados Constitucionales en el contexto socio &#8211; econ\u00f3mico. Habi\u00e9ndose cumplido el objetivo de la investigaci\u00f3n, al \u2018describir\u2019 los Principios socio &#8211; econ\u00f3micos de la Constituci\u00f3n de la Provincia de Sta. Fe, consagrados en el texto de 1962, ha quedado confirmado que, en ciertos casos pueden haber experimentado mutaciones por sustracci\u00f3n, no obstante en su conjunto mantienen su vigencia jur\u00eddico \u2013 doctrinaria &#8211; normativa. a\t Que una eventual reforma de la CPSF (1962), adem\u00e1s de incorporar los Postulados b\u00e1sicos de la Constituci\u00f3n Nacional de 1994, \u201cDerechos de Tercera Generaci\u00f3n\u201d, deber\u00eda mantener los Principios aludidos preliminarmente en la parte Dogm\u00e1tica y habilitar cambios \u00fanicamente en la \u2018parte Org\u00e1nica\u2019, (Poder Judicial, R\u00e9gimen Municipal y funcionamiento Legislativo)\u201d.<br \/>\n*    *    *<br \/>\nEl an\u00e1lisis realizado, para los fines perseguidos en el presente trabajo, permite:<br \/>\n\u00b7\tOtras perspectivas cient\u00edficas- metodol\u00f3gicas y\/o profundizaci\u00f3n de an\u00e1lisis en lo emp\u00edrico cuantitativo, en lo emp\u00edrico jur\u00eddico y en lo doctrinario- normativo. Explorar las nuevas realidades en el \u2018Mundialismo\u2019, en especial los hechos sociales relacionados con el atentado terrorista del 11-09-01 en los EE.UU. y la consiguiente retroexplosi\u00f3n (\u2018blowback\u2019) en el sistema global. Ante la \u201ccrisis social\u201d hist\u00f3rica e in\u00e9dita  (expresi\u00f3n avalada por la abundante evidencia verificable, de p\u00fablico conocimiento) que compromete seriamente el destino de la Naci\u00f3n Argentina, diferentes actores, han se\u00f1alado las consecuencias nefastas de una filosof\u00eda para la acci\u00f3n err\u00e1tica y perversa, inspirada en la ideolog\u00eda del fundamentalismo \u201cneoliberal\u201d, \u201csalvaje\u201d, que contradice el esp\u00edritu de la Ley Suprema del Pa\u00eds y la de nuestra Provincia. Todo ello agravado por las claudicaciones en la  \u00e9tica social, pol\u00edtica y econ\u00f3mica de numerosos dirigentes que no  logran traducir el poder en autoridad al servicio del bien com\u00fan. De este modo se trastoca la naturaleza y funciones de la autoridad pol\u00edtica, provocando el vaciamiento y el envilecimiento del Estado y por ende de la Sociedad Civil. Carentes de \u2018prudencia pol\u00edtica\u2019, cierta corriente de pensamiento tecnocr\u00e1tico, pragm\u00e1tico, cuestionable epistemol\u00f3gicamente, pareciera hipotecar el porvenir, generando en el presente una espiral de inequidades, turbulencias e incertidumbres de consecuencias imprevisibles, socavando las instituciones democr\u00e1ticas, las libertades Constitucionales y la pac\u00edfica convivencia Republicana.<br \/>\n\u00b7\tSi esto es as\u00ed, resulta pertinente y acad\u00e9micamente relevante para los Profesionales de las Ciencias Jur\u00eddicas, Sociales y Econ\u00f3micas, aportar Teor\u00edas Socio &#8211; jur\u00eddicas, Socio &#8211; pol\u00edticas y Socio &#8211; econ\u00f3micas, dinamizando los \u201cDerechos Humanos de la Tercera Generaci\u00f3n\u201d. Dicho tipo de investigaciones pueden ser objeto de estudios en el nivel de Doctorado. El presente trabajo, en cambio, tiene un prop\u00f3sito modesto, acorde al nivel de una Tesis de Maestr\u00eda, y anhela estimular, animar, suscitar la imaginaci\u00f3n de an\u00e1lisis interdisciplinarios para: Arg\u00fcir, razonar y ofrecer una \u00e9tica de las Profesiones, y presentar una deontolog\u00eda jur\u00eddica para los Funcionarios Pol\u00edticos de los tres Poderes del Estado, con inspiraci\u00f3n en el Art. 36\u00b0 in fine de la Constituci\u00f3n Nacional. Instrumentar pol\u00edticas activas en orden al Desarrollo Socio &#8211; econ\u00f3mico al servicio de la Persona Humana (Art.8 CPSF), dentro del \u201ccapitalismo humanizado\u201d y de las \u201cseguridades\u201d Constitucionales que sostiene el Acad\u00e9mico Dr. Jorge Alberto MOSSETT ITURRASPE (1). Observar el nuevo rol del Estado de Derecho y de Justicia en el progreso Socio &#8211; econ\u00f3mico coherente con: el ideario democr\u00e1tico &#8211; participativo y pluralista de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Argentina (1994) -Arts. 36\u00b0, 37\u00b0, 38\u00b0, 39\u00b0, 40\u00b0 y 41\u00b0, el humanismo \u2013Art. 76\u00b0 inc.22, Justicia Social -Art. 75\u00b0 inc.19 y la \u00e9tica p\u00fablica -Art. 36\u00b0 in fine, y el \u2018Principio de Subsidiariedad\u2019, tal como lo enuncian las Constituciones de: la Provincia de Sta. Fe- Art. 1\u00b0 y de la Rep\u00fablica Federal de Alemania. Divulgar la Parte Dogm\u00e1tica de la Constituci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe e indagar y proponer la instrumentaci\u00f3n de Pol\u00edticas viables en resguardo de los Derechos Sociales. Evaluar la factibilidad de creaci\u00f3n en el \u00e1mbito Provincial, de un \u2018Consejo Econ\u00f3mico Social\u2019, como el previsto en el Art. 45\u00b0 de la Constituci\u00f3n de la Ciudad Aut\u00f3noma de Bs. As. (1996), y (en una eventual reforma de nuestra Ley fundamental), la incorporaci\u00f3n del cargo de \u2018Jefe de Gabinete de Ministros\u2019 (Art. 100\u00b0 CNA). Buscar informaci\u00f3n jurisprudencial sobre el tema de esta Tesis en las \u00f3rbitas del Poder Judicial de la Provincia y la Naci\u00f3n. Actualizar los escenarios regionales, Nacional e Internacional, y su impacto Socio &#8211; econ\u00f3mico en los niveles: Provincial, Municipal y Comunal, incluyendo Gesti\u00f3n de entes comunitarios y redes de Organismos no gubernamentales. Examinar las implicancias Jur\u00eddico &#8211; sociales, Pol\u00edtico &#8211; econ\u00f3micas de la Ley y Programa de ajuste para el \u2018d\u00e9ficit cero\u2019, y ante un hipot\u00e9tico \u2018default\u2019, su impacci\u00f3n en nuestra Provincia, en el corto, mediano y largo plazo. Asimismo evaluar la posibilidad de que la deuda externa del pa\u00eds sea reestructurada, reprogramada para retomar la senda del crecimiento econ\u00f3mico. Considerar las consecuencias Socio &#8211; jur\u00eddicas y Socio &#8211; econ\u00f3micas en la Provincia de Sta. Fe, ante una eventual devaluaci\u00f3n monetaria en la Rep\u00fablica Argentina, y ulterior dolarizaci\u00f3n de la econom\u00eda. Proponer la aplicaci\u00f3n de  Pol\u00edticas P\u00fablicas Socio- econ\u00f3micas y Socio &#8211; Jur\u00eddicas por regiones geogr\u00e1ficas, niveles Municipales y Comunales. Sugerir la instrumentaci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas Socio &#8211; econ\u00f3micas concertadas con las distintas organizaciones de la Sociedad Civil, tendientes a mitigar los efectos nefastos de la creciente recesi\u00f3n, desempleo, corrupci\u00f3n e inseguridad P\u00fablica.<br \/>\n\u00b7\tPresentar propuestas para: el entrenamiento sistem\u00e1tico y la reconversi\u00f3n laboral de los Recursos Humanos de la Provincia; formulaci\u00f3n de Proyectos Socio- econ\u00f3micos y de Infraestructura; Auditor\u00eda del Sector P\u00fablico; Reforma de Procedimientos Administrativos; Contabilidad P\u00fablica; Regulaci\u00f3n Jur\u00eddica de Servicios P\u00fablicos; Desarrollo regional y urbano. Sugerir la ejecuci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas Socio- econ\u00f3micas y Socio- jur\u00eddicas conjuntamente con organismos Municipales, Provinciales y Nacionales. Proponer alternativas de herramientas y tecnolog\u00edas que posibiliten mayor eficiencia y eficacia de la gesti\u00f3n de Gobierno en materia Socio &#8211; econ\u00f3mica y Jur\u00eddico &#8211; Pol\u00edtica que involucren la Reforma del Estado y de la Administraci\u00f3n P\u00fablica en la era de la \u2018Mundializaci\u00f3n\u2019, con la activa participaci\u00f3n de los egresados de \u00e9sta Maestr\u00eda. Difundir una Sociolog\u00eda Cient\u00edfica para la Era Cosmopolita, aplicada al an\u00e1lisis de las Organizaciones, a los fines de revertir la situaci\u00f3n an\u00f3mica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. Desarrollar alternativas viables para las bases esenciales del Estado y la Organizaci\u00f3n de las Instituciones fundamentales de la Provincia acordes a la realidad y al servicio de los Postulados y Principios Socio- econ\u00f3micos CPSF. Imaginar Pol\u00edticas educativas, culturales y cient\u00edfico- tecnol\u00f3gicas, habida cuenta que la Socio- econom\u00eda libre forma parte de la cultura y esta es una condici\u00f3n b\u00e1sica para el \u2018desarrollo humano\u2019 y el management de la tecnoestructura productiva. Adecuar la Inform\u00e1tica Jur\u00eddica, a las nuevas realidades internacionales y del pa\u00eds, para su aplicaci\u00f3n en el \u00e1mbito Estatal Santafesino. Analizar Planes de acci\u00f3n en sistemas de informaci\u00f3n y Administraci\u00f3n del Estado, y utilizar la tecnolog\u00eda inform\u00e1tica para agilizar la toma de decisiones en materia de Progreso Socio &#8211; econ\u00f3mico. Estudiar el marco Jur\u00eddico &#8211; normativo en vista de la preservaci\u00f3n del medio ambiente, recursos naturales, equilibrio ecol\u00f3gico y calidad de vida, como as\u00ed tambi\u00e9n la prevenci\u00f3n del uso indebido y el tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas estupefacientes, sicotr\u00f3picos y delitos conexos como \u2018lavado de dinero\u2019. Proponer alternativas de legislaci\u00f3n en materia Socio &#8211; econ\u00f3mica, inspiradas en la Constituci\u00f3n de la Naci\u00f3n Argentina (1994) y Constituci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe(1962),y  las actuales corrientes del Derecho positivo en el \u00e1mbito Nacional e Internacional. Repasar las fuentes del Derecho Constitucional, tales como Doctrina de afamados Juristas, Jurisprudencia de los Tribunales y Pr\u00e1cticas Jur\u00eddico &#8211; profesionales corrientes en materia Socio &#8211; econ\u00f3mica, ante la eventual reforma de la Ley B\u00e1sica Provincial. Debatir el impacto del proceso \u2018universalista\u2019 y en particular del \u201cglobalismo\u201d como \u2018ideolog\u00eda neoliberal\u2019 en lo concerniente a \u2018Principios Socio &#8211; econ\u00f3micos\u2019, conscientes de la necesidad de \u201chacerse m\u00e1s cosmopolitas y provincianos al mismo tiempo\u201d. Innovar el Federalismo en materia Socio- econ\u00f3mica, definido por el Dr. Pedro Jos\u00e9 FRIAS, como: \u201c(&#8230;) una t\u00e9cnica de asignaci\u00f3n de competencias y concertaci\u00f3n de poderes que asegura a los Estados particulares autonom\u00eda y participaci\u00f3n, dentro de un Estado Nacional con unidad de decisi\u00f3n y ejecuci\u00f3n, para los fines y servicios jurisdiccionalmente indivisibles&#8230;\u201d (2).<br \/>\n\u00b7\tGenerar propuestas en el contexto Pol\u00edtico &#8211; institucional del Federalismo, concretando un marco de seguridad jur\u00eddica para un Proyecto de Pa\u00eds. Este requiere de estrategias en resguardo de: libertades, justicia social, equidad, igualdad de oportunidades, Art.75\u00b0 inc.19 CNA y progreso, en una econom\u00eda social de mercado de libre concurrencia. Ahondar en la teor\u00eda del \u201cFederalismo como sistema concertado\u201d, en un Estado de Derecho y de Justicia, como lo propone el Dr. FR\u00cdAS, que admita la aplicaci\u00f3n evolutiva de los Principios de bien com\u00fan, solidaridad y subsidiariedad, como factores concurrentes para el \u2018desarrollo integral \u2013 sustentable y sostenible\u2019 y la optimizaci\u00f3n del gerenciamiento de los recursos escasos, con criterios de calidad y excelencia. Insinuar la aplicaci\u00f3n de Pol\u00edticas de Estado Socio &#8211; econ\u00f3micas y Jur\u00eddico &#8211; Pol\u00edticas que, con propuestas viables Jur\u00eddico &#8211; normativas en lo referente al Federalismo Fiscal, inspiradas en la Constituci\u00f3n, (Art. 75\u00b0 Incs. 1, 2, 3, 9, 18, 19) normalicen la relaci\u00f3n Provincia &#8211; Naci\u00f3n. Contribuir al estudio sistem\u00e1tico del Derecho P\u00fablico como as\u00ed tambi\u00e9n a la divulgaci\u00f3n de las materias Econom\u00eda Pol\u00edtica, Finanzas P\u00fablicas y Pol\u00edtica Fiscal, para el logro de los Preceptos y Principios Socio- econ\u00f3micos de nuestra Constituci\u00f3n Provincial. Profundizar investigaciones Jur\u00eddicas y Econ\u00f3micas &#8211; financieras del \u201cFederalismo Fiscal\u201d, puesto que, en expresi\u00f3n del Lic. Miguel \u00c1ngel ASENSIO es \u201cun tema en permanente expansi\u00f3n\u201d (3). Luego de la promulgaci\u00f3n de la Ley de \u2018D\u00e9ficit cero\u2019 y de las Pol\u00edticas instrumentadas por la Administraci\u00f3n actuante en el pa\u00eds (2001) la Ley de coparticipaci\u00f3n Federal, es decisiva para que el Estado Provincial pueda cumplir satisfactoriamente con los Postulados y Principios Socio &#8211; econ\u00f3micos que estipula la Constituci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7\tEn suma el trabajo incita a los egresados del Magister Scientiarum en Administraci\u00f3n P\u00fablica, provenientes de diversas Profesiones, a ejercitar epistemol\u00f3gicamente el di\u00e1logo interdisciplinario en torno a los \u2018Principios Socio- econ\u00f3micos\u2019.  En efecto, al procurar el  aprendizaje del saber y de la producci\u00f3n de conocimientos (4), se provoca una dial\u00e9ctica entre los datos te\u00f3ricos sistem\u00e1ticos, emp\u00edricos &#8211; jur\u00eddicos verificables, normativos y cuantitativos (5). Todo ello con el objetivo de resolver la problem\u00e1tica inicialmente circunscripta y metodol\u00f3gicamente explicitada a los fines de su  reconstrucci\u00f3n, para nuevas  experiencias acad\u00e9micas, que colaboren en la evoluci\u00f3n de las Ciencias Jur\u00eddicas y Sociales. La pedagog\u00eda apunta a nuestra racionalidad, de la cual penden nuestras libertades, y por ende la \u00e9tica como filosof\u00eda de la conducta humana en todas sus manifestaciones individuales y sociales. Por ello  dec\u00eda Don Jos\u00e9 Manuel  Estrada que \u201ctoda la Ciencia Pol\u00edtica est\u00e1 contenida en la idea de la  libertad&#8230;\u201d. De all\u00ed, tambi\u00e9n, que el Dr. Jos\u00e9 P\u00e9rez Mart\u00edn, en la Convenci\u00f3n Constituyente de 1962, defendiera acertadamente el sentido del despacho de la mayor\u00eda incluyendo el Pre\u00e1mbulo, ampliado sin alterar su esencia tradicional, como \u2018una reafirmaci\u00f3n espiritual, y del proceso pol\u00edtico, social e hist\u00f3rico de nuestra Santa Fe\u2019. Y se refiri\u00f3 magistralmente a las \u201cpalabras hermosas de la Constituci\u00f3n Nacional incorporadas en nuestro texto al (&#8230;) invocar el beneficio de la libertad para todos los habitantes de la Provincia, bajo la protecci\u00f3n de Dios (&#8230;). Esa invocaci\u00f3n, que ya formularon nuestros padres (&#8230;).Y agregamos por \u00faltimo, fuente de toda raz\u00f3n y justicia, frase que tiene su importancia, porque significa darle a nuestro Pre\u00e1mbulo y a nuestra Constituci\u00f3n, por encima del Derecho positivo, expresi\u00f3n de la Ley temporal, la vigencia del  Derecho natural, fundado en lo razonable y lo justo. De manera que nosotros creemos en la necesidad de \u00e9ste Pre\u00e1mbulo con su suprema finalidad al frente de nuestra Constituci\u00f3n. (&#8230;) La Constituci\u00f3n Provincial del a\u00f1o 1856 fue la primera que redact\u00f3 un Pre\u00e1mbulo (&#8230;). La  mayor\u00eda de los Convencionales eran hombres de la escuela de Juan Bautista Alberdi. Nosotros al insistir en el Pre\u00e1mbulo, nos escudamos en las palabras de Alberdi: \u2018(&#8230;) Al reflejar el esp\u00edritu de la Constituci\u00f3n, el Pre\u00e1mbulo viene a ser la antorcha que disipa la oscuridad en las cuestiones pr\u00e1cticas, alumbrando el sendero de la legislaci\u00f3n y se\u00f1alaba el rumbo de la pol\u00edtica del Gobierno\u2019. En esas  palabras avalamos nuestro Pre\u00e1mbulo&#8230;\u201d (6). Se considera conveniente y necesario reiterar enf\u00e1ticamente  la sabia doctrina que vivifica nuestra Suprema Legislaci\u00f3n positiva, consciente de la gravedad de la hora presente que  soporta la Rep\u00fablica Argentina, al atravesar  un mar de zozobras, con grav\u00edsimo riesgo de endeudar el porvenir, y degenerar en anarqu\u00eda social de dram\u00e1ticas consecuencias. Se comparte plenamente los conceptos vertidos en el Documento de la 129\u00b0 reuni\u00f3n de la Comisi\u00f3n Permanente de la Conferencia Episcopal Argentina: \u201c(&#8230;) Hoy la Patria requiere algo in\u00e9dito (&#8230;) porque in\u00e9dita es la crisis (&#8230;). Queremos ser Naci\u00f3n, una Naci\u00f3n cuya identidad sea la pasi\u00f3n por el bien com\u00fan (&#8230;)\u201d. \u201cSe puede leg\u00edtimamente pensar que el porvenir  pertenece a los que saben dar a las generaciones venideras, razones para vivir y para esperar&#8230;\u201d (G. S. N\u00ba 31). Una democracia participativa  y pluralista que concilie los valores de libertad y solidaridad activas, invita a la pr\u00e1ctica de las virtudes teologales y cardinales, al menos de quienes aspiran al mando  pol\u00edtico, como un servicio.<br \/>\n\u00b7\tDe all\u00ed nuestro deber acad\u00e9mico y c\u00edvico de alertar sobre la importancia de habilitar, alistar, preparar en una metodolog\u00eda cient\u00edfica y una filosof\u00eda de la  praxis, a los Profesionales \u2013 entre otras \u2013 de las Ciencias  Jur\u00eddicas, Sociales, Pol\u00edticas, Econ\u00f3micas y de la Administraci\u00f3n. De modo especial concientizar en la necesidad de educaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n permanente para la comprensi\u00f3n y la creatividad de respuestas con pensamiento sist\u00e9mico, de la problem\u00e1tica que presentan los procesos sociales de nuestro tiempo. Los egresados de esta Maestr\u00eda hemos procurado alcanzar destrezas \u201cvinculadas al \u00e1rea de alta Gesti\u00f3n P\u00fablica (&#8230;).Capacitaci\u00f3n en docencia en Administraci\u00f3n y Gesti\u00f3n P\u00fablica y\/o Gubernamental, tanto en el nivel de grado como de posgrado. Capacitaci\u00f3n para investigar en Econom\u00eda del Sector P\u00fablico, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reforma del Estado, Evaluaci\u00f3n de Proyectos P\u00fablicos\u201d. Pero los cambios acelerados que experimentan el mundo y el pa\u00eds, nos presentan m\u00faltiples desaf\u00edos y oportunidades, \u00e9stas \u00faltimas, solamente viables por la educaci\u00f3n continua. Por ello se propicia la creaci\u00f3n de un Doctorado en Administraci\u00f3n P\u00fablica, en el \u00e1mbito de la Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la Universidad Nacional del Litoral. En dicho nivel de excelencia acad\u00e9mica, se podr\u00eda conceptuar Teor\u00edas referentes a: Sociedad, Constituci\u00f3n, Gobierno, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Econom\u00eda, etc. Adem\u00e1s, es importante en las actuales circunstancias hist\u00f3ricas, originar evidencia emp\u00edrica, producir conocimientos cient\u00edficos jur\u00eddicos y sociales, entre otros. Mediante la s\u00edntesis de enfoques metodol\u00f3gicos en el estudio de la Administraci\u00f3n P\u00fablica y\/ o Gubernamental, se ha de intentar la adecuada compenetraci\u00f3n cient\u00edfico &#8211; jur\u00eddica con la sabidur\u00eda, la fe, la cultura, la educaci\u00f3n y la tecnolog\u00eda. La \u2018crisis\u2019 de la Argentina, generada por factores sin\u00e9rgicos mundiales, agravada por la sumatoria de aberraciones de la dirigencia nativa, una p\u00e9sima administraci\u00f3n, y las claudicaciones en la \u00e9tica p\u00fablica, requiere inferir tendencias, caracterizar, denotar y se\u00f1alar estrategias acertadas para la restauraci\u00f3n de la Sociedad Civil y una arquitectura de las instituciones fundamentales de la Naci\u00f3n y del Estado.<br \/>\n\u00b7\tComo consecuencia de \u00e9sta \u2018crisis\u2019, la comunidad exije bajar el costo de la pol\u00edtica y distintos actores impulsan una reforma de la Constituci\u00f3n Provincial. La Comisi\u00f3n de Juristas creada por Decreto N\u00ba 1855\/93 del Poder Ejecutivo: dictamin\u00f3 que \u201cuna posible reforma Constitucional no deber\u00eda incluir ning\u00fan art\u00edculo de la parte dogm\u00e1tica, pues la regulaci\u00f3n actual mantiene su vigencia, y siempre con el sistema de enmiendas parciales que se aconseja &#8211; ellas podr\u00edan introducirse m\u00e1s adelante&#8230;\u201d. Se considera factible habilitar la reforma en la parte org\u00e1nica: Poder Judicial, r\u00e9gimen municipal y funcionamiento legislativo\u2026\u201d. Debi\u00e9ndose lograr consenso sobre su necesidad y oportunidad.<br \/>\n\u00b7\tEn el aludido nivel de Doctorado en Administraci\u00f3n P\u00fablica, se podr\u00eda, tambi\u00e9n: Precisar los principales rasgos del Sistema Jur\u00eddico de la Sociedad Civil Internacional emergente y sus implicancias: axiol\u00f3gicas, culturales, sociol\u00f3gicas, pol\u00edticas, econ\u00f3mico &#8211; financieras y ecol\u00f3gicas, para la Naci\u00f3n y el Estado Federal Argentino. Aportar desde la \u201cinteligencia estrat\u00e9gica\u201d, a la comprensi\u00f3n del fen\u00f3meno de transici\u00f3n del Estado- Naci\u00f3n al Estado Supranacional y la viabilidad de un Estado Provincial sustentable. Entrenar a los Profesionales de las diferentes Ciencias Humanas en el an\u00e1lisis de: La Teor\u00eda Pol\u00edtica, Instituciones Pol\u00edticas, Estado y Administraci\u00f3n P\u00fablica, Partidos Pol\u00edticos, Grupos y Opini\u00f3n P\u00fablica, Relaciones Internacionales en el proceso de \u2018mundializaci\u00f3n\u2019: Principales actores y componentes espec\u00edficos de la agenda desde una perspectiva pol\u00edtica, socio- hist\u00f3rica, socio &#8211; cultural y emp\u00edrico \u2013 jur\u00eddica &#8211; normativa. Alistar equipos para el estudio multi, inter y transdisciplinarios, de la pol\u00edtica socio &#8211; econ\u00f3mica luego del \u2018blowback\u2019 (retroexploci\u00f3n) en el sistema internacional. Responder a interrogantes: \u00bfCapitalismo neoliberal y ficci\u00f3n democr\u00e1tica supranacional? \u00bfEs posible una Pol\u00edtica Internacional Argentina, desde una posici\u00f3n Estatal altamente vulnerable? \u00bfC\u00f3mo restaurar el Poder Nacional sin colisionar con los intereses de la  Superpotencia hegem\u00f3nica: EEUU de Norteam\u00e9rica y sus aliados? \u00bfC\u00f3mo asegurar el indispensable orden Jur\u00eddico- institucional Provincial sustentable, con recursos econ\u00f3micos financieros cada vez m\u00e1s exiguos, sumado al achicamiento de la cuota mensual en concepto de fondos coparticipables, cifra que podr\u00eda fluctuar de acuerdo a la recaudaci\u00f3n? Buscar alternativas Jur\u00eddico &#8211; pol\u00edticas y econ\u00f3micas para incrementar la capacidad exportadora e innovadora de las empresas productivas en agro &#8211; industria y servicios, etc. mediante la incorporaci\u00f3n al \u2018\u00c1rea de Libre Comercio de las Am\u00e9ricas\u2019, ALCA. Meditar proyectos Jur\u00eddico &#8211; pol\u00edticos remozados y atisbar la recuperaci\u00f3n econ\u00f3mica del sistema de Seguridad Social Provincial. Preparar equipos jur\u00eddicos con auxilio interdisciplinario, para la aplicaci\u00f3n de las t\u00e9cnicas de mediaci\u00f3n y de resoluci\u00f3n de  conflictos, en el Sector P\u00fablico y en la Sociedad Civil. Revisar  ideas para la ineludible Reforma estructural del Estado, como consecuencia de la Ley d\u00e9ficit cero. Objetivo (target); downsizing, reducci\u00f3n, recorte dr\u00e1stico; rightsizing, poner tama\u00f1o adecuado, racionalizaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial. Inquirir con m\u00e9todo jur\u00eddico &#8211; cient\u00edfico acerca de los procesos de integraci\u00f3n econ\u00f3mico &#8211; financiera, regionalizaci\u00f3n y libre comercio intercontinental para la sustentabilidad y sostenibilidad de los procesos de \u2018Desarrollo Humano\u2019 que propicia nuestro Constitucionalismo. Informar sobre el acuerdo \u2018cuatro mas uno\u2019, entre EEUU de Norteam\u00e9rica &#8211; MERCOSUR. Renovar y fomentar el Derecho Cooperativo, en fidelidad a los Principios Doctrinales de la Cooperaci\u00f3n Libre y en aptitud para competir lealmente en la Socio &#8211; econom\u00eda de mercado de libre concurrencia. Idear proyectos jur\u00eddicos, en vista de la propagaci\u00f3n de experimentaciones en ingenier\u00eda gen\u00e9tica, aplicada a la agricultura y la ganader\u00eda. Presentar ponencias \u00e9tico &#8211; jur\u00eddicas sobre experimentos de biotecnolog\u00eda en seres humanos.<br \/>\n\u00b7\tExaminar las nuevas corrientes, en el \u00e1mbito mundial, sobre Management en la Administraci\u00f3n P\u00fablica, y proponer Pol\u00edticas para la Reforma del Estado y  Reforma de la Administraci\u00f3n P\u00fablica: \u00bfQu\u00e9 hacer en t\u00e9rminos de mejora? \u00bfQu\u00e9 hacer en t\u00e9rminos de reformas, que propondr\u00eda? En suma; en cuanto a las TECNOLOGIAS DE GESTION P\u00daBLICA A NIVEL MACRO (medios) se puede manifestar que: a) Todo proceso que involucre transformaciones estructurales de mayor o menor grado, debe tener por objetivo prioritario la satisfacci\u00f3n por parte del Estado de cada vez mayores y m\u00e1s complejas demandas de la sociedad. En estos t\u00e9rminos Reforma, Reingenier\u00eda y Modernizaci\u00f3n son sin\u00f3nimos en los que los matices metodol\u00f3gicos pueden imprimirle a cada uno variaciones en funci\u00f3n de su Etimolog\u00eda. Reforma, cambio de estructura, Reingenier\u00eda: redise\u00f1o radical; Modernizaci\u00f3n, introducci\u00f3n de innovaciones tecnol\u00f3gicas. Las tres funciones de procesos diferentes, en lo metodol\u00f3gico, deben adaptarse al caso, sobre todo considerando su nivel de incidencia o su grado de transformaci\u00f3n, es decir, \u00bfest\u00e1 la cultura organizacional predispuesta para ser objeto de una  Reingenier\u00eda? \u00bfo es necesario emprender un proceso paulatino de reformas, redise\u00f1o, con objetivos de modernizaci\u00f3n? Esto es lo que hay que responder, a los efectos de decidir qu\u00e9 tipos de procesos llevar a cabo, como ser las acciones de concientizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n que integren al personal de todos los niveles de las mismas y hagan viable asimismo ese proceso de cambio. A nivel Nacional el proceso de Transformaci\u00f3n del Estado como un cariz esencialmente alrededor del rol del Estado en la econom\u00eda, y en la sociedad. Es as\u00ed que las privatizaciones y la transferencia de servicios fueron las acciones m\u00e1s profundas. Aqu\u00ed se puede hablar de una reforma en t\u00e9rminos de asignaci\u00f3n de roles, la Reingenier\u00eda o la Modernizaci\u00f3n son m\u00e1s orientadas, quiz\u00e1s a los sistemas de gesti\u00f3n internos. Con referencia a \u00e9stos asuntos se sugiere la lectura de las  fuentes bibliogr\u00e1ficas ya citadas: Gorondi, Schweinheim, Ciai, Salas y otros en \u201cInnovaci\u00f3n en Administraci\u00f3n, gesti\u00f3n y pol\u00edticas p\u00fablicas. \u00bfEs id\u00e9ntico a modernizaci\u00f3n?\u201d en Revista de Investigaci\u00f3n del INAP, N\u00ba 0, Bs. As., Dic. 1998. b) Descentralizaci\u00f3n: Siguiendo con el ejemplo, algunos toman al proceso de transferencia de escuelas, como una Descentralizaci\u00f3n del Estado Nacional, siendo a nuestro juicio un concepto err\u00f3neo. El cambio de jurisdicci\u00f3n invalida la definici\u00f3n de descentralizaci\u00f3n, en dicho  caso. Es m\u00e1s correcto decir que uno Descentraliza cuando manteniendo dentro de la misma jurisdicci\u00f3n, se delegan recursos y capacidad de decisi\u00f3n.<br \/>\n\u00b7\tEn el caso de la PROVINCIA DE SANTA FE, una descentralizaci\u00f3n aconsejable, ser\u00eda asignar mayores capacidades de gesti\u00f3n desde el nivel central del Ministerio de Salud, hacia las zonas de salud, de manera que \u00e9stas puedan gestionar pol\u00edticas centrales en su propia realidad. c) Control de Gesti\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de Resultados. B\u00e1sicamente son dos conceptos diferentes. El primero trata de diagnosticar  la evoluci\u00f3n y\/o la performance de una unidad de organizaci\u00f3n, a los efectos de ratificar o rectificar el rumbo seguido. El segundo, est\u00e1 orientado al an\u00e1lisis evaluativo ex-post de su redefinici\u00f3n, continuidad o cese de acuerdo a la informaci\u00f3n que surge de ese proceso. Cada una de las herramientas que proponen estas disciplinas son sumamente \u00fatiles en la optimizaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos, as\u00ed como de la maximizaci\u00f3n de la efectividad de las acciones con que el Estado satisface las demandas sociales. Cualquier proceso o acci\u00f3n como los mencionados liminarmente en el punto \u2018A\u2019, deben tenerlos en cuenta so pena de ser incompleto e ineficaz. d) Estrategias y Herramientas macro. Como Tecnolog\u00eda de Gesti\u00f3n, el formular: a) el Presupuesto base cero y b) el Presupuesto por Programas, implica la idea nada despreciable de plantear el gasto p\u00fablico por Objetivos; ya no por objeto como tradicionalmente se ha hecho. Esto significa, m\u00e1s all\u00e1 de las bondades t\u00e9cnicas presupuestarias, la posibilidad de establecer claramente el para qu\u00e9, en t\u00e9rminos de bienes y servicios. Esta es una necesidad a cualquier nivel de gesti\u00f3n p\u00fablica, ya que si el presupuesto, representa la voluntad pol\u00edtica en t\u00e9rminos de asignaci\u00f3n de recursos, resulta pertinente transparentar los objetivos perseguidos y no ocultarlos tras resmas de papel, hormig\u00f3n o simplemente l\u00e1pices y gomas. c) Los Presupuestos Plurianuales. Presentan como ventaja el facilitar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas que a priori se desarrollen a trav\u00e9s de m\u00e1s de un per\u00edodo presupuestario, pudiendo implicar esto cierta rigidez, o compromiso futuro dif\u00edcil de rectificar. Como referencia a los puntos: Preparaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n ex ante y selecci\u00f3n de programas y proyectos, banco de ideas, Perfiles, Proyectos y Programas, Programas de Acreditaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n, Autogesti\u00f3n y Vouches en Servicios con muchas unidades descentralizadas. La introducci\u00f3n de la tecnolog\u00eda de Proyectos como pr\u00e1ctica habitual en la gesti\u00f3n p\u00fablica tiene ventajas de gran significaci\u00f3n. El trabajo interdisciplinario  e inter\u00e1reas, el trabajo a t\u00e9rmino y por objetivos son de las ventajas m\u00e1s destacables en este sentido. Si esto es sistematizado en una base de datos com\u00fan de una organizaci\u00f3n  (Estado Nacional o Provincial)  de grandes dimensiones, los recursos y los esfuerzos se optimizan. El tema de la Autogesti\u00f3n tiene que ver con el referido a la Descentralizaci\u00f3n, en cuanto es una forma bien definida de delegaci\u00f3n de recursos y responsabilidades. Siguiendo el caso descripto, se puede mencionar el Programa Nacional de Hospitales de autogesti\u00f3n, el que se constituye en un elemento importante en un proceso como el mencionado. Tales ser\u00edan algunas cuestiones, entre otras muchas e importantes, que se podr\u00edan profundizar en el \u00e1mbito de Posgrado en Administraci\u00f3n P\u00fablica a los fines de construir una sociedad pluralista y genuinamente democr\u00e1tica, para lo cual deber\u00edamos debatir sus objetivos, opciones y estrategias con los que tienen el poder de decisi\u00f3n. Lo dicho surge de \u201cColoquios en torno a la problem\u00e1tica de las Tecnolog\u00edas de Gesti\u00f3n  P\u00fablica a nivel Macro\u201d que hemos realizado con el Ing.Luis A.Traba, el 23\/06\/99, en el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe, y del an\u00e1lisis que hemos efectuado en nuestra nota \u201cNuevo Contexto Social y Gesti\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas\u201d (BCFPJ \u2013 9\/99).<br \/>\n\u00b7\tLa lista de temas y consideraciones en torno a la Administraci\u00f3n P\u00fablica y las cuestiones vinculadas con los Principios Socio &#8211; econ\u00f3micos de nuestra Ley B\u00e1sica, podr\u00edan continuar, solamente se mencionan algunos asuntos que guardan relaci\u00f3n con el tema de esta Tesis. L\u00f3gicamente, los cursantes del Postgrado en Administraci\u00f3n P\u00fablica, podr\u00e1n aportar una gran cantidad y variedad de problemas a resolver desde sus respectivas Profesiones siempre focalizados en el Sector P\u00fablico. Al llegar a este punto de la indagaci\u00f3n,  la descripci\u00f3n, inventario, rese\u00f1a, explicaci\u00f3n, dicho an\u00e1lisis permiti\u00f3 la percepci\u00f3n de aspectos importantes de la realidad jur\u00eddica  de los Principios Socio -econ\u00f3micos e inferir tendencias. Esto es propio de las Ciencias Jur\u00eddicas y Sociales,  porque se encuentran con el aspecto crucial de la libertad, autonom\u00eda, libre albedr\u00edo, independencia humana en su convivencia Socio-pol\u00edtica. \u00bfQu\u00e9 podemos hacer para que el Progreso sea efectivamente sustentable y sostenible? Educar para el ejercicio responsable de las libertades Constitucionales (derechos y deberes correlativos); exigir del Estado \u2018seguridad jur\u00eddica\u2019 que permita generar confianza empresaria, la innovaci\u00f3n en el management y en las organizaciones a los fines de lograr mayor competitividad y productividad; en un proceso de reformulaci\u00f3n del rol de los Estados Nacionales, el acrecentamiento del libre comercio y la mayor influencia de la econom\u00eda, las finanzas en las relaciones internacionales. En la b\u00fasqueda de nuevos an\u00e1lisis y s\u00edntesis es menester la delimitaci\u00f3n del marco Jur\u00eddico- social del Estado Nacional para establecer reglas claras a las cuestiones ecol\u00f3gicas, econ\u00f3micas, pol\u00edticas, culturales. Con relaci\u00f3n al tema de las \u2018alternativas de mutaci\u00f3n o vigencia de los  Principios Socio &#8211; econ\u00f3micos en la CPSF\u2019 (1962): cabe recordar que el Constitucionalismo moderno o cl\u00e1sico (Primera Generaci\u00f3n) se inspir\u00f3 en el genuino liberalismo y en el jusnaturalismo racionalista. Exige que la Constituci\u00f3n Estatal declare dogm\u00e1ticamente y garantice la efectiva vigencia de los \u2018Derechos y Deberes del Hombre\u2019. De all\u00ed surgen \u2018el Derecho Constitucional del Poder y el Derecho Constitucional de la Libertad\u2019 (8). Dicha Doctrina se plasma en nuestra Ley  fundamental (1962), innovando al incorporar los Postulados del \u2018Constitucionalismo Social\u2019 (Segunda Generaci\u00f3n de Derechos), sometiendo al Estado Santafesino a las propias normas jur\u00eddicas. Indicando que los tres Poderes del Estado Provincial deben \u2018animar, estimular, coordinar, suplir e integrar\u2019 la acci\u00f3n de los individuos, entidades intermedias y de la Sociedad Civil, para la consecuci\u00f3n del \u201cBienestar General\u201d y concretar los Principios Socio &#8211; econ\u00f3micos. La Constituci\u00f3n de la Naci\u00f3n Argentina, por su parte, en 1994, ha incorporado los \u2018Derechos de Tercera Generaci\u00f3n\u2019. En expresi\u00f3n del Dr.Germ\u00e1n Jos\u00e9 BIDART CAMPOS, en su obra \u201cLas Transformaciones Constitucionales en la Postmodernidad. Pensando el Puente al 2001 desde el Presente y el Futuro\u201d: \u201c(&#8230;) Todos los derechos de las tres generaciones componen un bloque inescindible cuya indivisibilidad exige en segundo orden, que se asuma el principio de irreversibilidad, seg\u00fan el cual toda a\u00f1adidura y todo incremento en el sistema de derechos impide, una vez alcanzado, cualquier sustracci\u00f3n posterior de derechos nuevos o de contenidos nuevos en derechos viejos. Quiz\u00e1 haya analog\u00eda con aquella pauta jusnaturalista conforme a la que el derecho natural crece por adici\u00f3n pero no disminuye por sustracci\u00f3n&#8230;\u201d (9). Si esto es as\u00ed, queda a los futuros Maestrandos y Doctorandos en Administraci\u00f3n P\u00fablica, la dif\u00edcil pero nobil\u00edsima tarea de honrar la amada Patria, construir la Naci\u00f3n libre y solidaria y restaurar el Estado de Derecho y de Justicia en pac\u00edfica convivencia Republicana, en la idea de que \u2018la Persona Humana sola y exclusivamente por la cultura puede alcanzar su plena y verdadera humanidad\u2019. De all\u00ed la importancia decisiva de los procesos educativos, y del aporte \u2018cient\u00edfico\u2019 del mundo intelectual y universitario, con pensadores conscientes del valor de la sabidur\u00eda, para superar el subdesarrollo, y la programaci\u00f3n de la vida social seg\u00fan modelos  tecnocr\u00e1ticos. Es decir donde arraigue la idea sustentada por el Premio Nobel de Econom\u00eda Dr. Amartya K. Sen. \u201cEl Desarrollo Como Libertad\u201d (10).<br \/>\n\u00b7\tEl tema de \u2018Constituci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe en la Era Universalista\u2019. Principios Socio-econ\u00f3micos, queda abierto a la investigaci\u00f3n cient\u00edfica. Quiz\u00e1s se lo estime adecuado, conveniente, oportuno y eximio, en el porvenir, circunscribiendo el foco de estudio a la resoluci\u00f3n del problema de \u00bfComo lograr Seguridad Jur\u00eddica, Libertades y Desarrollo Integral Humano, Sostenible y Sustentable?<br \/>\n\u00b7\tAl concluir esta Proposici\u00f3n, exposici\u00f3n, disertaci\u00f3n o Tesis;  con gratitud y afecto dedica a la comunidad Acad\u00e9mica, la Reflexi\u00f3n Perenne del \u2018Maestro\u2019 Miguel de Cervantes Saavedra en su Inmortal \u201cDon Quijote de la Mancha\u201d: \u201c(&#8230;) La libertad, Sancho, es uno de los m\u00e1s preciosos dones que a los hombres dieron los Cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad, as\u00ed como por la honra, se puede y debe aventurar la vida, y, por el contrario, el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres (&#8230;). \u00a1Venturoso aqu\u00e9l a quien el Cielo dio un pedazo de pan, sin que le quede obligaci\u00f3n de agradecerlo a otro que al mismo Cielo&#8230;! (11).<br \/>\n*      *      *<br \/>\n1) MOSSETT  ITURRASPE,  Jorge Alberto, \u201cLa Persona Humana en el Tercer Milenio\u201d en \u2018Gaceta Forense\u2019, Colegio de Abogados de Sta. Fe,  A\u00f1o XI-N\u00b02, Julio 2000, p\u00e1g.12 y ss. \u00fcMOSSET  ITURRASPE, Jorge Alberto, en \u201cLa Reforma de la Constituci\u00f3n, Explicada por Miembros de la Comisi\u00f3n de Redacci\u00f3n\u201d, ROSATTI, Horacio D. y otros, Rubinzal-Culzoni Editores, Sta. Fe, 1994 p.87 a 108. 2) FRIAS, Pedro Jos\u00e9, \u201cEl Proceso Federal Argentino\u201d, Estudio Preliminar del Prof. Dr. CASTELLS, Alberto, Edit. El Copista, C\u00f3rdoba,  1998 p.23. \u00fcFRIAS, Pedro Jos\u00e9, \u201cLos nuevos desaf\u00edos del  Federalismo\u201d, LA OPINION, Rafaela, l7\/05\/01,  p.6. 3) ASENSIO, Miguel  \u00c1ngel, \u201cFederalismo Fiscal. Fundamentos. An\u00e1lisis Comparado y el Caso Argentino\u201d, Ediciones Ciudad Argentina-USAL- Universidad del Salvador, Bs. As, 2000,  p.182. 4) WAINERMAN, Catalina \u2013 SAUTU, Ruth (Compiladoras),  \u201cLa Trastienda de la Investigaci\u00f3n\u201d, Editorial de Belgrano-  UB \u2013 Universidad de Belgrano, Bs. As, 1998; WAINERMAN, C., \u201cIntroducci\u00f3n\u201d, 32. Cfr. SAUTU, R. \u201cAcerca de qu\u00e9 es y no es Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica en Ciencias Sociales\u201d, p\u00e1gs.181 a 195. 5) Cfr. CASTELLS, Alberto, \u201cEl Federalismo Concertado de Pedro Jos\u00e9 Fr\u00edas\u201d, en  FRIAS, Pedro Jos\u00e9, \u201cEl Proceso Federal Argentino\u201d, Edit. El Copista, C\u00f3rdoba, 1998, 26. \u00fcCfr.: ACTIS BRU, C\u00e9sar I, \u201cGesti\u00f3n de Tareas en  la Investigaci\u00f3n\u201d, Cuadernos del Instituto N\u00b0 2, Sta. Fe, 2000. \u00fcACTIS BRU, C\u00e9sar I, \u201cAlgunos Aportes para el di\u00e1logo Epistemol\u00f3gico\u201d, Amaltea, Sta. Fe, 1998. ACTIS BRU, C\u00e9sar I. \u201cGlobalizaci\u00f3n\/Mundializaci\u00f3n\u201d, Amaltea, Sta. Fe, 1997. 6) PEREZ MARTIN, Jos\u00e9, \u201cDiario de Sesiones de la Convenci\u00f3n Reformadora de la Constituci\u00f3n de la Provincia\u201d, (5\u00aa Reuni\u00f3n, 3\u00aa Sesi\u00f3n Ordinaria, 11 de abril de 1962), Edici\u00f3n Oficial, Sta. Fe, 1962, p\u00e1gs. 827 a 833. 7) DIARIO LA  OPINION, Editorial, \u201cDeuda Social y Ser Naci\u00f3n\u201d, Comentario al \u201cDocumento de la 129\u00b0 Reuni\u00f3n de la Comisi\u00f3n Permanente de la Conferencia Episcopal Argentina\u201d, Rafaela, Sta. Fe, 12\/08\/01, p\u00e1g.6. V\u00e9anse: CONCILIO VATICANO II, \u201cConstituci\u00f3n Pastoral Gozo y Esperanza\u201d, N\u00ba 31, Edic. Paulinas, Lima, Per\u00fa, 1965, p. 158 y ss.  \u00fc(*) ULLA, Decio Carlos Francisco y otros \u201cReforma de la Constituci\u00f3n Provincial\u201d, Dictamen de la Comisi\u00f3n creada por Decreto del P. Ej. N\u00ba 1855\/93, Edic. Imprenta Oficial, Sta. Fe, 1993, p. 1 a 26. 8) Cfr.BIDART CAMPOS, op. cit. p. 400. 9) BIDART CAMPOS, Germ\u00e1n Jos\u00e9, \u201cLas Transformaciones Constitucionales en la  Postmodernidad\u201d,  Ediar, Bs. As, 1999, p.20. 10) SEN, Amartya K, \u201cDesarrollo y Libertad\u201d, Planeta, Bs.  As,  2000. 11) DE CERVANTES SAAVEDRA, Miguel, \u201cDon Quijote de la Mancha\u201d, Gustavo Dor\u00e9, Edimat Libros, Madrid, Espa\u00f1a, 1998, \u201cCap\u00edtulo LVIII\u201d, p. 627.<br \/>\n(En la Biblioteca del Colegio FPJ se encuentra el texto de la Tesis y la totalidad de la Bibliograf\u00eda, general y espec\u00edfica, sugerida). Por razones de espacio, en la presente se mencionan solamente algunas fuentes de informaci\u00f3n principal que permitieron iniciar la investigaci\u00f3n:<br \/>\n\u00b7 ULLA, Decio Carlos Francisco, \u201cLos Principios, Derechos, Garant\u00edas y Deberes en la Constituci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe\u201d, en Universidad N\u00ba 79, U.N.L, Sta. Fe, Septiembre-diciembre, 1969, p\u00e1gs. 107 a 176. \u00b7 MENSAJE N\u00ba 597, del Poder Ejecutivo de la Pcia. de Sta. Fe, de fecha 1 de Agosto de 1961, a las HH.CC. Legislativas, acompa\u00f1ando el proyecto de Ley por el que se declara la necesidad de reforma Constitucional. \u00b7 Diario de Sesiones de la H. Convenci\u00f3n Reformadora de la Constituci\u00f3n de la Pcia. de Sta. Fe, Edici\u00f3n Imprenta Oficial, Sta. Fe, 1962, T\u00ba I a VIII. \u00b7 CONSTITUCI\u00d3N DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (1962). \u00b7 CONSTITUCI\u00d3N DE LA NACI\u00d3N ARGENTINA (1994). \u00b7 CONSTITUCIONES EXTRANJERAS: ALVAREZ VELEZ, Ma. Isabel, ALCON YUSTAS, Ma. Fuencisla, \u201cLas Constituciones de los Quince Estados de la Uni\u00f3n Europea (Textos y Comentarios), Dykinson, Madrid, 1996.<br \/>\n\u00b7 POPPER, Kart R., \u201cConjeturas y refutaciones. El desarrollo del conocimiento cient\u00edfico\u201d, Edic. Paidos, Barcelona, Bs. As., M\u00e9xico, (4 reimpresi\u00f3n), 1994.<br \/>\nNOTICIA DEL EXPOSITOR:<br \/>\nErnesto Gaspar Francisco LUNA, posee los t\u00edtulos de: \u2018Licenciado en Cooperativas\u2019 y \u2018Abogado\u2019 (U.C.S.F.), \u2018Doctor en Ciencias Jur\u00eddicas y Sociales\u2019 (U.N.L.), \u2018Doctor en Notariado\u2019 (U.N.A.), \u2018Doctor en Ciencia Pol\u00edtica\u2019 (U. SAL.), \u2018Doctor en Relaciones Internacionales\u2019 (U. SAL), \u2018Magister en Estupefacientes\u2019 (U.C.S.) y \u2018Magister en Administraci\u00f3n P\u00fablica\u2019 (U.N.L.). Egresado entre otros post-grados: del XXXIV Ciclo de Estudios Superiores de la Escuela de Defensa Nacional.<br \/>\nProfesor Titular en la U.C.S.F- Sede Reconquista, y en la U.C.S.E &#8211; Dpto. Acad\u00e9mico Rafaela. Miembro de la Asociaci\u00f3n Internacional de Derecho Cooperativo, Universidad de Deusto \u2013 Bilbao &#8211; Espa\u00f1a y de la Sociedad Cient\u00edfica Argentina. Ex Profesor Titular de distintas Asignaturas en la U.N.L., U.C.S.F, U.B- Bs. As., E.S.G.N de Bs. As., U.C.S, y en el I.S.M.\u2013 M. E. En el a\u00f1o 1970, ingres\u00f3 como funcionario de la planta de personal permanente de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, y se desempe\u00f1a como Director General de Despacho y Servicio Interministerial del Ministerio de Econom\u00eda de la Pcia. de Santa Fe, habiendo ejercido cargos en la Administraci\u00f3n Nacional, Provincial y Municipal. Acad\u00e9mico correspondiente en Santa Fe de la Academia Argentina de Asuntos Internacionales, comparte su actividad personal en instituciones sociales, cient\u00edficas, culturales y de bien com\u00fan. Numerosas han sido sus conferencias en temas de su especialidad, participando en programas organizados por distintos medios de comunicaci\u00f3n social e interviniendo en Congresos, Cursos, Simposios y Seminarios de  Investigaci\u00f3n con exposiciones interdisciplinarias, contribuyendo al an\u00e1lisis doctrinario en aspectos de la problem\u00e1tica nacional e internacional con sus colaboraciones period\u00edsticas y de sus trabajos en revistas especializadas.<\/p>\n<p>Fuente: Revista Aniversario del Colegio de Funcionarios P\u00fablicos Jerarquizados de la Pcia. de Santa Fe.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se trata de recomendaciones al presentar la tesis de Maestr\u00eda en Administraci\u00f3n P\u00fablica en la Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la UNL con el tema: \u201cConstituci\u00f3n de la Provincia de Santa Fe. Alternativas de mutaci\u00f3n o vigencia de los principios socioecon\u00f3micos, en el texto de 1962\u201d<\/p>\n<p>Por Dr. Ernesto G. F. 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