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Veto propositivo a la ordenanza de agroquímicos

El Intendente analizó distintos aspectos de la norma y modificó algunos puntos para darle viabilidad y funcionalidad.

El intendente Luis Castellano se reunió este jueves con los concejales de los distintos bloques para informarles los motivos de su veto propositivo respecto a la Ordenanza de fitosanitarios aprobada el jueves 2 de diciembre en sesión ordinaria.

En el encuentro llevado a cabo en el despacho de Intendencia estuvieron presentes la jefa de Gabinete, Amalia Galantti; el secretario de Gobierno y Participación, Marcelo Lombardo; el Fiscal Municipal, Daniel Frutero; la secretaria de Ambiente y Movilidad, María Paz Caruso; y el presidente del Concejo Germán Bottero.

También participaron las concejalas Valeria Soltermam y Alejandra Sagardoy; y los concejales Juan Senn, Martín Racca, Ceferino Mondino, Lisandro Mársico y Leonardo Viotti.

Al iniciar la reunión, el Intendente explicó que mientras duró el debate en el Concejo municipal, prefirió respetar el proceso de discusión y poder aportar en esta instancia para lograr una norma que cuente con la viabilidad necesaria a fin de que pueda ser aplicable, además de no tener cuestionamientos legales.

Por otra parte, luego del análisis realizado por Fiscalía municipal, se decidió trabajar sobre determinados puntos que hagan “subsistir la vigencia de la norma” y aporten funcionalidad a la Ordenanza.

Lo propositivo

En primer término, se suspende por el plazo de ciento ochenta (180) días, la entrada en vigencia del Cinturón Ecológico destinado a la producción orgánica y/o biológica. Además, encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal y a la Comisión Especial que crea la tarea de recabar información completa, detallada y actualizada de parte de las autoridades nacionales con competencia en la materia de producción ecológica, orgánica o biológica, relativa a:
a-) los productos fitosanitarios de origen orgánico y/o biológico susceptibles de ser aplicados;
b-) técnicas, condiciones y procedimientos relativos a su aplicación o uso;
c-) medidas de prevención sugeridas en su aplicación, que minimicen riesgos a la salud y el ambiente;
d-) y toda otra información relevante vinculada a la correcta aplicación, uso y manipulación de tales productos.

Hasta que esto ocurra, el Área de Seguridad (conocida como límite agronómico) permanecerá con un ancho de 200 metros contados desde el perímetro urbano y de los establecimientos rurales, manteniendo la protección actual.

Por otra parte, las restricciones y prohibiciones de la Ordenanza no deberán afectar el ciclo productivo actual de los cultivos del Distrito Rafaela, siendo plenamente operativas desde el fin de tal ciclo.

También propone una aplicación más progresiva de la Ordenanza en la plantación de cortinas forestales en el periurbano, y otorga precisión terminológica y conceptual para facilitar la aplicación de dicha norma.

Aportes que dan funcionalidad

Fiscal municipal Daniel Fruttero.

“Como es de público conocimiento, el 2 de diciembre, el Concejo Municipal aprobó una nueva regulación de aplicación fitosanitaria para la ciudad. Lo ordenanza fue notificada al Ejecutivo, y a partir de allí fue encomendado el estudio y análisis de la norma para ver si era necesario formular observaciones o promulgarla tal como había sido sancionada”; explicó el fiscal municipal Daniel Fruttero al término de la reunión que el intendente Luis Castellano mantuvo con los concejales para informar del veto propositivo a la Ordenanza de fitosanitarios.

Posteriormente, el funcionario remarcó que “en este sentido, desde la Fiscalía municipal lo que se procuró estudiar es la jurisprudencia que se ha resuelto en diversos fallos sobre el tema para procurar que la norma tenga posibilidades de éxito y vigencia en el futuro”.

“En este aspecto, desde el Ejecutivo se han propuestos a través de un veto propositivo suspender temporalmente la vigencia de la norma en la que refiere al cinturón ecológico que la misma fija, que es el área adyacente o que se encuentra desde los 50 a los 200 metros del límite urbano y de los establecimientos ubicados en zona rural”; detalló Fruttero.

Asimismo, argumentó que “esta propuesta de suspensión de vigencia se basa en que resulta necesario recabar información veraz y certera por parte de los organismos competentes nacionales en la materia para que se aporte cuáles son los productos que se van a poder aplicar de carácter biológico u orgánico, bajo qué condiciones, con qué técnicas y con qué medidas preventivas para proteger en todo momento la salud de la población y el ambiente en general. En este punto, se solicitó un plazo de 180 días para recabar esta información”.

“Otro tema vinculado a las distancias refiere a la supresión de la última área que se diferenciaba de las anteriores en los controles que podía o no realizar. El Estado tiene la obligación de control en esta materia que es inclaudicable y permanente. De tal manera este es un cuestionamiento que necesariamente había que revisar a la norma”, manifestó el Fiscal municipal.

Además, Fruttero amplió: “Otro punto tiene que ver con respetar el ciclo reproductivo de los cultivos que actualmente se encuentran en pie, en proceso. Creemos que en este punto, la Ordenanza no debería perjudicar a los productores del periurbano que hoy tienen cultivos en proceso de crecimiento. Se solicita aquí que la norma no perjudique estos cultivos”.

“Finalmente, existen otras observaciones quizás más conceptuales, algunas referidas a la implementación de cortinas forestales que es una buena medida, pero que es necesario perfeccionar en la redacción o dejar aclarado para la posible implementación”, cerró el letrado.

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