Por Emilio Grande (h.).- El 13 de junio último se publicó una investigación en el sitio web “reaccionconservadora.net” sobre una red de nexos y relaciones entre militantes, dirigentes políticos, organizaciones, iglesias y figuras públicas a las que acusan de formar parte del “avance cada vez más evidente de la llamada reacción conservadora en la Argentina y en el mundo, un movimiento con actores en algunos casos identificables con claridad y, en otros, de más difícil clasificación”.
Los responsables de este trabajo fueron los periodistas Ingrid Beck, Soledad Vallejos, Florencia Alcaraz, Juan Elman, Paula Hernández y Paula Rodríguez, siendo financiado por la International Planned Parenthood.
Entre las personas que figuran en esta “lista negra” hay alrededor de 400 menciones entre legisladores nacionales, nombres de twitteros que tienen entre 18 y 20 años, en su mayoría denominados influencers, por contar con un par de miles de seguidores. Aparecen pastores e iglesias, médicos, abogados, politólogos, escuelas confesionales, medios de comunicación, periodistas y partidos políticos.
Entre los nombres también figura la “Fundación Rafaelinos por la vida”. ¿Será porque hace unos años viene trabajando en favor de las dos vidas y en contra del aborto legalizado en Argentina el 30 de diciembre de 2020?
Por este motivo, integrantes de la institución expresaron que “queremos transmitir nuestro más enérgico rechazo a lo ocurrido, repudiando fuertemente la creación del sitio reaccionconservadora.net”.
En este contexto, “Rafaelinos por la Vida” presentó una nota al presidente del Concejo Municipal de Rafaela Germán Bottero, donde solicitaban una expresión de repudio por la difusión de una “lista negra” en la Argentina.
Luego de dar despacho de comisión, el cuerpo legislativo aprobó una declaración durante la sesión ordinaria virtual del jueves pasado, manifestando su total repudio a las acciones llevadas adelante por un grupo de periodistas en un documento titulado «Reacción conservadora», que fue publicado en una página web, donde se atenta contra los derechos de diferentes personas y organizaciones de la sociedad civil, divulgando información privada sensible como un modo de persecución antidemocrática. También la declaración deja en claro que cualquier acción tendiente a socavar los derechos individuales y colectivos consagrados en la Constitución Nacional, sin importar por quién sea llevada adelante, será materia de repudio del cuerpo legislativo.
Durante la sesión, el edil Juan Senn dijo que “al revisar la nota Rafaelinos por la vida pidiendo una expresión de repudio ante la publicación digital sobre distintas personas e instituciones, son actos sensibles privadas, no es censurar la libertad sino respetar la Constitución Nacional y en contra de la discriminación, no es vulnerar el trabajo de los 6 periodistas”.
Raúl Bonino recalcó “no se defiende a las instituciones sino a la democracia cuando son vulnerados los derechos de alguna institución o de periodistas, la bandera de defender los derechos de la democracia en un momento que da igual todo. Hay que condenar la acción pero no las personas de los periodistas quienes creyeron en una causa que se equivocaron porque daña el entramado democrático”.
Alejandra Sagardoy expresó que “esa página fue bloqueada por el repudio de todos los sectores, no solamente los que se vieron afectados, hay que bregar por la ley 25.326 sobre la protección de los datos personales”.
Llamativamente, en el momento de la votación hubo 2 abstenciones de Jorge Muriel y Brenda Vimo por entender que no tenían toda la información al estar caída la web, donde se publicó el 13 de junio pasado la “lista negra” con casi 400 menciones, entre ellas a la fundación rafaelina.
En 1983 fue recuperada la democracia con una de las banderas del “nunca más” a los hechos aberrantes de la dictadura militar, una de las noches más oscuras de la historia argentina. La gravedad de esta investigación radica en que revela información sensible de personas que no son públicas, violentando groseramente la privacidad personal, garantizada por nuestra Constitución Nacional al regular sobre el Habeas Data (artículo 43, tercer párrafo), incorporado en la reforma de 1994 en la ciudad de Santa Fe.