El Juzgado de Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela dio lugar a un pedido de quiebra, por lo que en el plazo de 48 horas la Mutual del Club Sportivo Ben Hur deberá depositar la totalidad de los ahorros acorralados en la última retención de depósitos del ahorrista patrocinado por los abogados santafesinos del estudio jurídico Regali y Asociados S.H.; caso contrario se pedirá la quiebra de la entidad mutualista.
El Dr. Aldo Regali explicó que el 23 de agosto se presentó el pedido de quiebra y al día siguiente el Juzgado de Tercera Nominación sacó el primer auto de apertura. «Esto quiere decir que a partir de ese momento la Mutual tiene que pagarle al ahorrista que hizo la presentación la totalidad de lo depositado. Es decir, si no le deposita el dinero al ahorrista se le decreta la quiebra».
El «auto» es una resolución, es decir el Juez decide algo que involucra a las partes; en este caso decidió que la Mutual deberá devolverle el dinero al damnificado si no quiere que se le pida la quiebra.
En tanto, el abogado santafesino señaló que entre hoy y mañana se le notificará a la Mutual sobre esta decisión judicial y a partir de ese momento tienen 48 horas para depositar el dinero.
La charla de ayer
Por otro lado, ayer a partir de las 20:30, en el salón de conferencias del Parra Hotel & Suites los abogados que integran el estudio jurídico Regali y Asociados S.H. brindaron una charla informativa a todos los ahorristas perjudicados por la Mutual de Ben Hur, mientras que evaluaron la situación actual después del 22 de agosto, es decir qué implicancias tendrá la Asamblea de la Mutual en los contratos de depósitos.
Asimismo, el segundo tema tratado apuntó a informar las estrategias que está siguiendo el Estudio a nivel grupo en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) y en la Justicia Federal y cuáles son las estrategias personales.
En este sentido, dentro de las estrategias personales está el pedido de quiebra.
A su vez, dentro del temario que se consideró anoche también se explicó en qué consiste el Acuerdo Preventivo Extrajudicial y si una Mutual puede utilizar esta estrategia legal.
«Además, hay que evaluar porqué esta Mutual eligió la figura del Fideicomiso. Esta es una maniobra perfectamente elaborada», expuso el Dr. Aldo Regali.
En tanto, como el problema financiero que tiene la Mutual de Ben Hur posee causas de todo tipo también se explicaron las consecuencias en la responsabilidad que de eso emerge.
«Es decir, qué responsabilidades tienen los miembros del Consejo Directivo y qué responsabilidad responde con sus patrimonios. Nuestra acción tiende a esparcir la responsabilidad hacia los miembros del Consejo y hacia el Inaes», sostuvo Regali.
Finalmente, el grupo de abogados del estudio jurídico santafesino explicaron los juicios que ya se iniciaron y los resultados de los mismos; mientras que se informó sobre los reclamos que realizaron ante el Inaes, por ejemplo, pidiendo la nulidad de la Asamblea Extraordinaria que realizó la Mutual el pasado 22.
En este marco, la Mutual de Ben Hur tiene 30 días desde el 22 de agosto para que le aprueben la Asamblea.
«Además, también iniciamos en la Justicia Federal el trámite para solicitar la impugnación de la Asamblea. Cuando el Juez decida si impugna o no la misma se corre un traslado a la Mutual para que ésta se defienda ante el pedido de nulidad y después de ahí veremos cómo sigue el procedimiento», manifestó el Dr. Aldo Regali.
Fuente: diario Castellanos, Rafaela, 1 de setiembre de 2005.
Reunión de ahorristas
La Comisión de Ahorristas Damnificados por la Mutual del Club Ben Hur desea expresar a la opinión pública su enérgico rechazo a lo resuelto por la Asamblea del pasado 22 de Agosto, dado que en la misma no solo se habrían presentado irregularidades sino que además, a través de su decisorio, se estarían violando principios consagrados en nuestra “Constitución Nacional”.
Como ahorristas expresamos además, nuestra firme oposición al Fideicomiso propuesto por los máximos responsables de la Comisión Directiva, debido a que no se conoce fehacientemente la deuda real de la Mutual y porque el mismo se pretende constituir con:
1) La venta de un Hotel que en su último ejercicio dio pérdidas y que además habría sido sobrevaluado.
2) Un terreno en Esperanza que está ubicado en una zona inundable, y que requiere de numerosas obras para ser aprobado.
3) Un Loteo en el predio del ex Jockey Club, del que se habrían vendido varios lotes, sin estar aprobado el mismo y estando embargado.
4) Juicios no ganados al Estado Nacional y a particulares.
5) Juicios originados por incumplimiento en créditos otorgados de difícil cobrabilidad.
6) Los gastos de administración, venta y escrituración de los bienes a cargo de los ahorristas.
7) Un ente administrador (Banco de la Provincia de Buenos Aires) designado a priori, siendo que esto debería ser potestad de los ahorristas.
De esta forma concluimos, QUE LOS ACTIVOS DESTINADOS AL FIDEICOMISO NO ALCANZARÍAN PARA CUBRIR LA TERCERA PARTE DE LOS AHORROS.
Por ello LE SUGERIMOS, QUE EN LA MEDIDA DE SUS POSIBILIDADES, NO CONVALIDE CON SU FIRMA EL ACUERDO QUE LE PRESENTEN EN LA MUTUAL.
Defienda el dinero que le pertenece, a usted y su familia, es su derecho.
Sr. Ahorrista: Para informarse y evaluar los pasos a seguir en esta lucha por la justicia y la verdad, lo invitamos a concurrir el próximo sábado 3 de Septiembre, a las 14,30 hs, a la Plaza del Barrio Villa Rosas, para dirigirnos de allí al lugar definitivo de reunión.