Por Emilio Grande (h.).- El reconocido doctor rafaelino Marco Antonio Terragni publicó su nuevo libro sobre «Bioética y derecho penal». Escribió más de 30 libros y artículos en revistas jurídicas. Es docente en distintas universidades nacionales e internacionales como la UNL, Belgrano de Buenos Aires, UCSE DAR, AZUAI de Cuenca (Ecuador), Perú, Costa Rica, México, Guatemala, entre otras, con tres doctorados realizados en la UNL, UBA y Complutense de Madrid, y becario del Instituto Max Planck de Alemania.
«Es un libro original para mí porque se trata de temas muy modernos que se refieren a la bioética en relación con el derecho penal. Los capítulos abordan los derechos médicos, los avances tecnológicos, la experimentación con seres humanos, la importancia del consentimiento, el comienzo de la vida, la manipulación genética, la reproducción asistida, células madres, aborto, eugenesia, clonación, sangre, trasplante de órganos, cambio de sexo, encarnizamiento terapéutico», destacó Terragni en el programa «Sábado 100» por radio El Espectador (FM 100,1), conducido por quien firma esta entrevista.
¿Cuándo comienza la vida desde el punto de vista jurídico?
Es un problema bastante serio porque decía el Código Civil que empieza la concepción en el seno materno; ahora se ha suprimido eso y aparecen nuevas técnicas de reproducción, con lo cual aparentemente la vida comienza cuando se unen los gametos, pero es un proceso bastante extenso y complejo.
En el contexto de la pandemia mundial y más de 100 días de cuarentena en la Argentina, desde el punto de vista legal, ¿están en juego las libertades individuales respecto al derecho a trabajar, los horarios de salida, el no poder practicar deportes?
La libertad ambulatoria y la libertad en otros sentidos está restringida, la cuestión es hasta cuándo, hasta qué punto el Estado puede intervenir en las libertades individuales. La Constitución se refiere a esto cuando dice que «nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni privado de lo que ella no prohíbe; las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y la moral pública o perjudiquen a un tercero están reservadas a Dios y exenta de la autoridad de los magistrados», según el artículo 19, que es una maravilla. Con esta cláusula el Estado no puede intervenir y la libertad es amplia.
¿Corren peligro las garantías constitucionales?
Están en juego no solamente las libertades individuales sino las garantías constitucionales y las formas de ejercer el poder. En la Constitución se establece un concepto de restricción del poder en el estado de sitio, pero ahora hay decretos de necesidad de urgencia (DNU) que tampoco cumplen exactamente lo que dice la Carta Magna. El Ejecutivo no puede emitir disposiciones de carácter legislativas, solamente con circunstancias excepcionales y sean imposibles seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes y no se trate de normas que regulen materias penales, tributaria, electoral o régimen de los partidos políticos. Esos DNU deben estar sometidos inmediatamente al Congreso. Son cosas que están ocurriendo en estas circunstancias excepcionales y hacen que no se cumpla con lo que dice la Constitución.
¿Vamos camino a un hiper presidencialismo y la falta la división de poderes en el país?
La república se caracteriza por la división de poderes prevista en la Constitución, entonces cada poder tiene que ajustarse a su competencia y está previsto lo que tiene que hacer. Estamos viviendo una situación muy difícil y hay disposiciones que se tienen que tomar de inmediato, pero respetando los pasos que indica la Carta Magna.
En el Concejo Municipal de Rafaela sesionó virtualmente y ahora lo hace en forma presencial. En el Congreso las sesiones son virtuales, ¿qué validez tienen porque a veces no funciona bien Internet o cortan el micrófono?
La Constitución no dice estar personalmente reunidos los senadores y diputados. En circunstancias así y con la tecnología moderna pueden hacerse sesiones virtuales sin que haya impedimento constitucional. Fue sancionada en 1853 y modificada en 1994, las cuestiones tecnológicas no estaban todavía en el orden en que están ahora.
¿Te adaptaste a dar clases virtuales?
Las clases virtuales y cursos que doy en las distintas universidades. Una cosa es dar la clase virtual y otra es estar presencial en el aula con los alumnos, poder debatir, escuchar y cambiar ideas; lamentablemente, no ocurren con las comunicaciones virtuales, pero el mundo está avanzando. Estoy leyendo a un autor muy famoso clásico como es Montesquieu (filósofo y jurista francés, 1689-1755), quien habla en «El espíritu de las leyes» de cómo son los gobiernos monárquicos, republicanos y absolutistas, con diferencias entre los gobiernos despóticos y republicanos; hay que tratar de que no se desvirtualice la república en el caso nuestro, que es el gobierno de todos para todos.
¿Estás dando clases en Argentina y otros países?
Tengo la suerte de ser profesor de universidades de Perú, Ecuador, Costa Rica, México, Guatemala, entre otros, me causa gran placer porque tengo comunicación con gente de distintos lugares del mundo y mi página web http://www.terragnijurista.com.ar/ tiene miles de visitantes de los países de América Latina, Estados Unidos y España. Están mis clases filmadas, entrevistas, cuestiones del arte y la historia. La última vez que estuve en México, me invitó un abogado que había sido alumno mío en la Universidad de Belgrano (Buenos Aires) y me dijo que «soy su biógrafo porque sé lo que hace usted a través de la web» (risas). Es notable el alcance de la tecnología.
Entre los nuevos desafíos, ¿estás escribiendo otro libro?
Estoy trabajando en un libro que se llama «Filosofía y derecho penal» y tengo la posibilidad de mantener diálogos con invitados especiales. Si Dios quiere y todo anda bien en el curso de dos años el libro estará publicado. Soy becario del Instituto Max Planck de Freiburg (Alemania) y todos los años voy a estudiar allá, pero este año se me ha frustrado. Hago lo que puedo con los libros de mi biblioteca y los que consigo acá.