Por Emilio Grande (h.).- Sobre el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que restituye los fondos coparticipables a la Ciudad de Buenos Aires, generó un conflicto de poderes con el gobierno nacional y algunos gobernadores afines al oficialismo.
“Hablo de la cuestión técnica proveniente de la Constitución Nacional, que es admirable y un ejemplo de régimen republicano, representativo y federal. Esta Carta Magna de 1853 instaura 3 poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial; están separados y son independientes sin perjuicio que las resoluciones que tome alguno de ellos tiene repercusión en lo que piensan los demás”, aclaró el doctor rafaelino Marco Antonio Terragni durante el programa “Sábado 100” por radio El Espectador (FM 100,1), conducido por quien firma esta entrevista.
Y agregó: “con respecto a la coparticipación con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hay una cuestión bastante interesante y preocupante, que es justamente lo que puede interferir en el funcionamiento de los poderes del Estado conforme a la Constitución”.
Terragni es miembro de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires. “Tiene una biblioteca fantástica y cada vez que podía ir antes de la pandemia, llegaba temprano y leía las obras completas de Alberdi; la verdad que es admirable el talento y el conocimiento que tenía del Estado federal. El Estado argentino y la Constitución son un derivado de las vicisitudes que pasó el país antes de constituirse legalmente, llevando a la formación de un Estado republicano, que es el pueblo que el gobierna, representativo porque los representantes del pueblo son los diputados y de las provincias son los senadores. El Poder Judicial se compone con la Corte Suprema de Justicia y los tribunales inferiores. La Corte es el máximo tribunal del país y lo que es deseable es que se mantenga la vigencia del sistema republicano y todos lo respeten”.
La mencionada Academia emitió una declaración sobre este asunto, “cuestionando que se tomen decisiones sobre todo en el caso de los gobernadores que acudieron a una reunión con el Presidente, aparentemente por lo que dice la prensa, para aconsejarle respecto a este tema”, destacó Terragni.
Concretamente, la Academia señaló: “(…) uno de los pilares del sistema republicano, representativo y federal es la separación de poderes, que conlleva el respeto y acatamiento a las sentencias de los tribunales. Afianzar la justicia, tal como señala el Preámbulo, consiste precisamente en ello. En ese orden, ya desde sus primeros fallos la Corte Suprema se ha encargado de señalar -y ha repetido numerosas veces- que ella representa en la esfera de sus atribuciones la soberanía nacional y es tan independiente en su ejercicio como el Congreso en su potestad de legislar y como el Poder Ejecutivo en el desempeño de sus funciones… puede cometer errores”.
-¿Por qué es preocupante no acatar el fallo de la Corte?
-Es preocupante porque tiene que respetarse la separación de los poderes, cada uno es soberano en sus respectivas funciones. La Corte Suprema es el máximo tribunal del país y sus fallos como los de cualquier tribunal deben ser acatados.
-El no acatamiento del fallo de la Corte, el querer pagar con bonos o recusar a los integrantes de la Corte, ¿puede generar un conflicto de poderes?
-No quisiera elucubrar sobre cuestiones políticas ni las que se puedan producir en el futuro. Lo ideal sería que cada poder ejerza sus funciones conforme a la Constitución y si hay recursos contra fallos por ejemplo, que se utilicen y se decida su acatamiento.
-Sobre este fallo y su no acatamiento, ¿hay antecedentes en la historia Argentina?
-Desde 1853 han pasado muchos años y mucha historia, entonces hubo casos en que no se han acatado las resoluciones judiciales y se han producido conflictos de orden no solamente legal sino más serios como conflictos en el siglo XIX, que llevaron a las guerras entre provincias hasta llegar a la pacificación y el acatamiento al orden constitucional argentino.
-¿Cuál es tu concepto sobre la Corte y sus integrantes que conoces a la mayoría?
-Que yo conozca a los miembros del tribunal no puedo decir nada a lo que resuelvan porque todos los jueces son seres humanos que plantean sus propios pensamientos y resuelven conforme a sus sentimientos en lo que tienen que enfrentar. He asistido a una deliberación de la Corte Suprema de los Estados Unidos en Washington, que es el precedente de nuestra Constitución Nacional, y la forma en que se desarrolló esa audiencia es muy interesante. El sistema constitucional argentino con una Corte Suprema constituida tiene ventajas y defectos; las ventajas son que funcionó el país y seguirá funcionando con el orden que ha constituido, y los defectos de la Corte para mí son el hecho tiene demasiados asuntos que resolver, lo que hace que se demoren mucho la resolución de los casos que requieren urgencia en sus decisiones. En Estados Unidos y países europeos existen otros mecanismos que hacen que los tribunales supremos constriñan su labor a las cosas más importantes, dejando de lado las cosas que pueden resolverse de otra manera. En Argentina la Corte nacional tiene que resolver muchos asuntos, para colmo ahora tenemos un régimen que no depende solamente de la nación argentina sino del sistema interamericano, o sea que tiene que atender a las cuestiones nacionales conforme a la Constitución y las leyes nacionales, y tiene que atender también los requerimientos de la Corte, ubicada en San José de Costa Rica, que resuelve las cosas internacionales del parlamento interamericano.
-Durante el segundo mandato de Cristina Fernández, en 2015 hubo un fallo de la Corte a favor de un reclamo de coparticipación de Santa Fe, Córdoba y San Luis, que fue pagado en el gobierno de Macri, respetándose la división de poderes.
-Siempre hay que respetarse la división de poderes en cualquier caso que sea y en cualquier asunto que se trate.