Por Emilio Grande (h.). «El aborto es la mayor destrucción de la paz, porque la madre mata a su niño en su propio seno, a su niño que es la imagen de Dios, a su niño que nace para amar y para ser amado».
El entrecomillado pertenece a la Madre Teresa de Calcuta durante la ceremonia inaugural de la Gran Misión de Rafaela el sábado 18 de setiembre de 1982 en la plaza 25 de Mayo frente a la Catedral San Rafael, en una misa presidida por el entonces obispo Jorge Casaretto.
A decir verdad, estas palabras de la fundadora de las Hermanas Misioneras de la Caridad (hay una casa en la ciudad de Frontera) y Premio Nobel de la Paz en 1979, pueden haber sido en ese momento como fuera de contexto para la Argentina.
Pero 28 años después ya se practica este crimen a inocentes. Estiman que se practican unos 500.000 abortos anuales. ¿Aumentarán los casos si se legaliza a nivel nacional?
Primero está la vida y tiene derecho el bebé desde el mismo momento de la concepción como lo establece la Constitución Nacional a través de los pactos internacionales incorporados en la reforma de 1994 en Santa Fe.
Hasta el momento el Código Penal establece que el aborto no es punible si es producto de la violación de una mujer discapacitada. Así establece el artículo 86 del texto legal que señala: «El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta no es punible si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto».
Hace unos días la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado nacional comenzó a debatir cuatro proyectos: uno restringe las inconstitucionales excusas absolutorias del artículo 86 del Código Penal, dos las amplían y el último provocaría -en la práctica- la legalización irrestricta del aborto.
DAS NEVES NO VETO
Se publicó en el boletín oficial N° 10.996 de la provincia de Chubut la ley XV N° 14 que convierte a Chubut en la primera provincia argentina donde el aborto está garantizado por ley. A partir de ahora una chica de 14 años podrá solicitar que le practiquen un aborto y este se realizará -en un plazo no mayor a 5 días- sin el conocimiento de sus padres. Si el médico se pusiera en contacto con los padres incumpliría «el deber de confidencialidad» y sería pasible de sanciones, según publicó Notivida.org.
La norma -a la que el gobernador Das Neves, que se define como católico, calificó de «humanitaria»- introduce en las inconstitucionales excusas absolutorias del art. 86 del Código Penal, todos los casos de violación y el peligro para la salud psíquica de la gestante. La no exigencia de pruebas en el primer caso y los alcances difusos del segundo, provocan -en la práctica- la legalización del aborto a petición y en cualquier etapa gestacional.
En expresiones al diario la Jornada, Das Neves afirmó que la norma: «Es lo más humanitario que puede haber, únicamente retrógrados se pueden oponer».
¿»Humanitario» un mecanismo para eliminar -sistemáticamente e intencionalmente- personas inocentes e indefensas? ¿»Retrógrado» pretender que el gestor del bien común en la Provincia no elimine una parte sustancial de su población?
Al referirse al pedido de veto de la Corporación de Abogados Católicos manifestó: «yo también soy católico, y Dios no quiera, pero si tuvieran un familiar en esa circunstancia», quisiera saber «si seguirían pensando lo mismo. Me parece que hay que dejar algunos dogmas de lado, hay que ser un poco más realistas y fundamentalmente más humanistas.
Hay sectores muy duros, muy fachos, que no toleran este tema».
Recordemos que la norma a la que Das Neves aludió introduce en las inconstitucionales excusas absolutorias del art. 86 del Código Penal, todos los casos de violación y el peligro para la salud psíquica de la gestante. La no exigencia de pruebas en el primer caso y los alcances difusos del segundo, provocan -en la práctica- la legalización del aborto a petición y en cualquier etapa gestacional. Y que el aborto podrá ser solicitado desde los 14 años y practicado sin el conocimiento de los padres y de la pareja.
La Corporación de Abogados Católicos -preside Eduardo A. Bieule- manifiesta que «dichas excusas absolutorias han quedado derogadas desde la incorporación a la Constitución Nacional de 1994 de distintos tratados internacionales que protegen la vida humana desde la concepción».
Y agrega: «Das Neves dejó pasar la inmejorable oportunidad que se le presentó de actuar como lo hace un estadista, tal como demostró el ex presidente del Uruguay Tabaré Vázquez, que al vetar el proyecto de ley sancionada en ese país por el que se admitía el aborto, sostuvo la necesidad de proteger la vida inocente, a la par de evitar a la mujer el grave trauma psicológico post aborto que el mandatario uruguayo comprobó en su largo ejercicio de la profesión médica».