Conflicto entre el arzobispo de Salta y un monasterio carmelita

El Vaticano emitió indicaciones donde se les recuerda a las religiosas que deben observar la vida monástica y no involucrarse en un apostolado no autorizado y en contra de la voluntad del Arzobispado.

La Oficina de Prensa del arzobispado de Salta difundió un comunicado notificando las indicaciones emanadas por la Congregación para la Vida Religiosa y Sociedades de Vida Apostólica como consecuencia de los informes de los visitadores a raíz del conflicto suscitado entre el arzobispo de Salta, monseñor Mario Antonio Cargnello, y las monjas Carmelitas Descalzas del convento San Bernardo de esta jurisdicción eclesiástica.

Entre esas indicaciones, se les recuerda a las religiosas que, si bien gozan de autonomía, están “bajo la vigilancia del obispo diocesano cuya autoridad y acción están establecidas por el derecho” y se les pide no involucrarse en actividades de apostolado como la que se ha generado entorno a una devoción mariana, hasta tanto “el obispo del lugar, o a través de él a la competente Congregación de la Sede Apostólica discernir su veracidad y autorizar las prácticas de culto en este contexto”.

Tras recordarles que esa comunidad religiosa “está obligada a la estricta observancia” de las normas, incluida la estricta observancia de la clausura monástica, se les objeta que hayan “implicado” al monasterio en una iniciativa que va en “contra la voluntad del obispo y de los sacerdotes de la diócesis, que lleva a una división de la comunidad de la Iglesia local y a conflictos”. 

“El monasterio, permitiendo a la ‘vidente’, la señora María Livia Galiano de Obeid, vivir en los locales propios y asignando algunos espacios para los peregrinos cercanos a este contexto, está claramente involucrado completamente en esta obra, contra la voluntad de la Iglesia local”, les advierten.

“Es necesario señalar con fuerza que la comunidad de las Carmelitas Descalzas de Salta debe vivir plenamente el carisma carmelita, no una obra que en consecuencia lleva a situaciones de tensión. Por esto se recomienda también una formación renovada en el espíritu de la Regla y según la tradición carmelitana, observando la propia tradición de vida monástica. En diálogo con el obispo del lugar, se debería instituir una forma estable de reuniones regulares, que serviría para enfrentar las situaciones problemáticas de modo continuo”, sostienen.

Texto del comunicado
En el día de ayer la Nunciatura Apostólica en Buenos Aires anunció al Sr. Arzobispo y hoy a las Rvdas. Madres Carmelitas el decreto de finalización de la visita apostólica realizada por S. E. R. Mons. Martín De Elizalde O. S. B. Obispo emérito de Santo Domingo y la Rvda. Hna. Isabel Guiroy O.S.B., al convento “San Bernardo” de nuestra Arquidiócesis, dado que dicha visita “fue efectuada de manera adecuada, correcta y con competencia, y que los Visitadores cumplieron exhaustivamente con el encargo a ellos otorgado”. La fecha del mismo es el 30 de marzo del corriente año. 

Así mismo les hizo entrega de las indicaciones emanadas por la Congregación para la Vida Religiosa y Sociedades de Vida Apostólica como consecuencia del atento examen de los informes de los Visitadores y de las Rvdas. Madres Carmelitas. Consisten en los siguientes puntos, que entrecomillados y en letra cursiva, pertenecen al original: 

1. “El Monasterio «San Bernardo» de las Monjas Carmelitas Descalzas de Salta según la Regla y la Constitución aprobadas, goza de su debida autonomía, aun estando bajo la vigilancia del Obispo diocesano cuya autoridad y acción están establecidas por el derecho. En esta perspectiva, el Obispo tiene el derecho de visitar el Monasterio y de recibir, y la Priora el deber de presentar, un informe anual sobre la administración de los bienes y sobre la economía del monasterio (cf. Cor Orans, n. 81 c). La administración de los bienes temporales del Monasterio debe ser transparente y presentada a la comunidad en todos sus aspectos, porque los bienes temporales son bienes de toda la comunidad y la Priora y la ecónoma son solo sus administradoras en nombre de la comunidad. 

Para la transparencia de la economía y la administración de los bienes, el Monasterio debería nombrar, preservando la propia ley, una ecónoma, de modo que el priorato y el economato no estén concentrados en una sola persona”. 

2. (…) “El monasterio, aun teniendo autonomía propia, está integrado en la Iglesia local, y cualquier implicación directa o indirecta del monasterio en la vida de la Iglesia local y en el apostolado debe ser concordada y realizada con el permiso del Obispo diocesano. Por lo tanto, la Comunidad de las Hermanas Carmelitas de Salta no debe en ningún modo involucrarse en actividades ligadas a la así conocida «Obra yo soy la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús y yo soy el Sacratísimo Corazón Eucarístico de Jesús» y sostener esta actividad, que claramente tiene sus repercusiones entre los fieles, que constituyendo una forma de apostolado está bajo la exclusiva autoridad del Obispo del lugar, inclusive la supervisión del apostolado hecho por los laicos y sostenido en diferentes maneras por el convento en el contexto de las denominadas apariciones mencionadas en la documentación recibida. Le espera al obispo del lugar, o a través de él a la competente Congregación de la Sede Apostólica discernir su veracidad y autorizar las prácticas de culto en este contexto”. 

“La Comunidad de las Hermanas de Salta está obligada a la estricta observancia de las normas de ley en este aspecto, incluida la estricta observancia de la clausura monástica. Permitir a los fieles laicos de residir en modo permanente en el terreno del monasterio, de participar de forma habitual a la vida de la comunidad monástica, y permitir a los peregrinos de acceder al terreno del Monasterio, constituye una clara implicación de la Comunidad del Monasterio en los asuntos de la «Obra yo soy la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús y yo soy e1 Sacratísimo Corazón Eucarístico de Jesús», contra la voluntad del Obispo y de los sacerdotes de la Diócesis, que lleva a una división de la comunidad de la Iglesia local y a conflictos a los cuales se refiere la documentación. El Monasterio, permitiendo a la «vidente», la Sra. María Livia Galiano de Obeid, vivir en los locales propios y asignando algunos espacios para los peregrinos cercanos a este contexto, está claramente involucrado completamente en esta obra, contra la voluntad de la Iglesia local”. 

3. “Es necesario señalar con fuerza que la comunidad de las Carmelitas Descalzas de Salta debe vivir plenamente el carisma carmelita, no una Obra que en consecuencia lleva a situaciones de tensión. Por esto se recomienda también una formación renovada en el espíritu de la Regla y según la tradición carmelitana, observando la propia tradición de vida monástica. En diálogo con el Obispo del lugar, se debería instituir una forma estable de reuniones regulares, que serviría para enfrentar las situaciones problemáticas de modo continuo”.

Por último, se informa que el Dicasterio romano ha decidido nombrar un Asistente Apostólico para el monasterio, mediante un decreto inmediato por el que indicarán las competencias y la persona nombrada. Rogamos encarecidamente al Pueblo de Dios ore por la unidad de la Iglesia y nos permita solucionar los problemas con “la sabiduría del diálogo”. A la Bienaventurada Madre del Monte Carmelo se lo pedimos.

Fuente: https://aica.org/

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