Desde que la sociabilidad esencial del hombre obedece a un instinto de su naturaleza, la persona, la familia y sociedades menores son atraídos por un impulso moral irresistible a constituir la sociedad política. Es que ni el individuo ni los grupos intermedios se bastan solos para lograr sus fines en plenitud; son imperfectos y necesitan integrarse en otra sociedad superior que proporcione eficacia y seguridad para su perfeccionamiento. Este hecho social ha sido explicado como un orden necesario de complementación de las aptitudes de individuo y grupos, capaz de suplir las insuficiencias propias a través de una reciprocidad de esfuerzos y beneficios que resultan de la integración comunitaria.
Ese fin, que mueve a organizarse en común, persigue la constitución del Estado, social última y perfecta –al menos como aspiración ideal- cuya misión es conducir al bien propio de una comunidad política y obligar a sus miembros al fin social que contribuye al perfeccionamiento integral del hombre como persona. De ahí que el Estado justifica su poder público sólo, en la realización natural del bien común, con lo que legitima su razón de imponer justos límites a libertades y derechos que, sin afectar los esenciales (“derechos humanos”), faciliten el logro de los bienes derivados de la sociabilidad humana.
El derecho justo, o el afianzamiento de la justicia, tiende a la convergencia de los intereses de individuos y grupos o sociedades intermedias en procura del bien común. Es ahí donde a justicia legal debe asegurar al hombre lo que le es debido, necesario y justo para su existencia personal y su coexistencia social. Mientras la comunidad entera y todos los sectores del Estado cumplen su misión en el cuerpo moral de la nación, el derecho perfeccionado por la justicia, el orden justo de la sociedad y el bien comunitario indican la misma y única realidad política: persona, sociedad y Estado, unidos y solidarios para conseguir el fin propio en común.
Si la paz es el esfuerzo del orden justo: si la justicia impone justos límites al derecho, y si el bien común es el fin justificante y gratificante de la convivencia solidaria, de allí concluye que paz, orden, justicia revelan una misma e idéntica finalidad, porque la paz social equivale, de esta forma, a un equilibrio razonable de la libertad humana, compartida y ejercida en su justa medida para el bien de todos.
Así entendida, la sociabilidad realizada como una comunidad de intereses recíprocos constituye un fenómeno natural de la condición humana, donde la unidad debe darse en la diversidad de aptitudes y la pluralidad en un compromiso de coexistencia pacífica y, fundamentalmente, en la posición de garantía y participación que cabe reconocerle al Estado, que no se agota en el solo concepto de poder público, sino que su único fin esencial ha de convertirlo en el instrumento más idóneo y más eficaz conducente al bien común. Porque el comportamiento del poder será legítimo y conveniente mientras responda a una justificación de los fines con que constituido y que la sociedad reconoce y le ha confiado.
Desde que toda persona tiene el derecho universal de convivir libremente en sociedad, la inevitable sociabilidad del hombre exige una estabilidad de condiciones vitales o estado de seguridad social que implica recursos suficientes para el fin existencial de la vida. Es por eso que el Estado no puede excusarse de acudir en subsidio para suplir las insuficiencias de individuos y grupos; la subsidiaridad no debe significar abstención del Estado sino efectiva y pronta participación para actuar en condiciones más eficaces y activar la ayuda allí donde ni el solo esfuerzo individual ni la solidaridad del grupo bastan para sobrevivir en medio de injustificables desigualdades; subsidiariedad es toma de conciencia del bien común y, por ende, obligada acción del Estado frente a fenómenos de realidades excluyentes por desniveles de vida y un desequilibrio, en la posición social, injusto y subvertido.
Jorge S. Muraro
El autor vive en la ciudad de Santa Fe y envió este artículo especialmente a la página www.sabado100.com.ar.