,

Suspenden las actividades en el Juzgado Laboral de la 2da. Nominación de Rafaela

Lo dispuso la Corte Suprema mediante resolución de su presidencia. La medida tiene efectos hasta que las autoridades sanitarias dispongan lo contrario.
Clausuraron un juzgado y aislaron al personal por un caso sospechoso - Sin  Mordaza

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, mediante resolución de su presidencia del día de la fecha, resolvió suspender las actividades en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 2da. Nominación de los Tribunales de Rafaela.
La medida conlleva la suspensión de plazos procesales y celebración de audiencias fijadas en dicho órgano jurisdiccional, desde el día de la fecha y hasta que el personal de esta pueda retomar tareas de manera habitual. Para el supuesto de casos excepcionales y urgentes, o audiencias cuya dilación implicarían la pérdida irreparable de un derecho o acción, se habilita la materialización del acto por el subrogante legal respectivo una vez que se cuente con la autorización del Ministerio de Salud para ingresar a las instalaciones del órgano jurisdiccional en cuestión.
Cabe destacar que la resolución expresa que el personal queda licenciado debiendo aislarse en su domicilio y comunicar las novedades en torno a su estado de salud al 0800-555-6549 y a los profesionales médicos referentes del Poder Judicial designados por la Corte. El reintegro a las funciones de los trabajadores incluidos en el presente caso se efectuará una vez que se cuenten con el alta médica respectiva.
Cabe destacar, que la Corte requirió al Ministerio de Salud de la provincia que informe a este Poder Judicial el plazo durante el cual deberán permanecer clausuradas las instalaciones edilicias conforme a los criterios sanitarios vigentes, en orden a retomar actividades de manera presencial en ellas sin afectar la salud de agentes y público en general.
Finalmente, se pone de manifiesto que las decisiones adoptadas por el Poder Judicial de Santa Fe, se dan en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, y se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión conforme las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.

Archivos
Páginas
Scroll al inicio