Al planificar la herencia, hay muchas cosas que se deben tomar en consideración y la primera de ellas es la forma en la que la persona transmitirá su patrimonio personal hacia los herederos: las vías más comunes son por sucesión o una donación en vida.
Glikin, director del Registro de Consultores de Empresa Familiar, certificados del Instituto Argentino de la Empresa Familiar, explicó que una herencia por sucesión puede ser sin testamento o testamentaria.
En el caso de una sucesión sin testamento, dijo el experto, «corresponde que los bienes pasen a los herederos forzosos, que son los hijos en primer lugar, cónyuge respecto de los bienes propios, y no habiendo hijos los padres en concurrencia con el cónyuge».
En cambio, si la sucesión es testamentaria, la persona puede disponer libremente de una parte de su patrimonio. «Habiendo hijos, lo que puede disponer libremente es la tercera parte del patrimonio y habiendo padres vivos, o habiendo cónyuge, puede disponer de la mitad de su patrimonio. A su vez, en caso de que haya alguna persona que sea un heredero forzoso con discapacidad, se puede disponer de una tercera parte más del patrimonio, que le hubiera correspondido a los otros herederos en favor de esa persona con discapacidad», aclaró el abogado.
Qué conviene más: el punto de vista legal
En primer lugar, Glikin vio necesario aclarar que, hasta el 2020, «las donaciones presentaban un inconveniente muy grave y era que el título proveniente de una donación era un título imperfecto, un título observable, con lo cual faltaba seguridad jurídica y esto afectaba tanto la posibilidad de obtener una hipoteca respecto de ese bien, como la posibilidad de que un comprador decidiera hacer la operación, dado que existía siempre el riesgo de que un heredero eventualmente desplazado hiciera un reclamo».
Sin embargo, este inconveniente fue solucionado a partir de la sanción de una ley durante el año pasado y, por lo tanto, actualmente los títulos provenientes de una donación son tan válidos como los provenientes de una compra-venta.
«Entonces, la decisión de donar el patrimonio en relación a la posibilidad de que se haga una sucesión implica evitar los costos de abogados y de tasa de justicia y el tiempo que demora una sucesión», opinó el especialista.
Si bien se resolvió la problemática de los títulos por donación, el abogado sostiene que igualmente hay algunas cosas que se deben tomar en cuenta a la hora de tomar la decisión de que vía elegir para la herencia.
Desde el lado del tiempo, el abogado opina que, a pesar de que lleve más, una sucesión puede ser mejor: «a veces el tiempo que demanda una sucesión permite a los herederos acomodarse en su nueva situación y no salir compulsivamente a disponer de los bienes recibidos».
«Digamos que cuando alguien dona su patrimonio, aún si lo hace con reserva de usufructo, a partir del momento de su fallecimiento, desde el día siguiente, los herederos están en condiciones de disponer de ese patrimonio sin ningún tipo de control«.
Y agrega: «A veces los herederos están muy afectados por la situación del fallecimiento o no tienen la madurez necesaria como para hacer los negocios. Desde ese punto de vista, la sucesión es una manera indirecta de control porque hasta que esté terminada, una persona no va a poder vender los bienes», explicó Glikin.
En el caso de las donaciones, desde el momento en el que se hace la donación, los herederos pasan a ser los titulares de dominio, es decir que son los que figuran en el registro de la propiedad y, de está manera, «al figurar en el registro de la propiedad, automáticamente responden con su patrimonio por las deudas que puedan generar» – aclaró el abogado, y opinó – «paradójicamente, dejar el patrimonio en cabeza de los mayores, siendo que los mayores muchas veces no tienen negocios a su cargo y no corren determinados tipos de riesgos, es una manera de proteger ese patrimonio».
Finalmente, el director del Registro de Consultores de Empresa Familiar, sostuvo que a partir de que se hace una donación, aunque sea con reserva de usufructo, se corren determinados riesgos patrimoniales como por ejemplo frente al deseo de vender la propiedad.
En está línea, dijo: «Si la donación no tiene todas las cláusulas que prevean este tipo de situaciones, podría ocurrir que los herederos dijeran ‘no, vos tenes tu usufructo acá en este inmueble, pero nosotros no vamos a colaborar para que este inmueble se venda y se adquiera otro, aunque sea a nuestro nombre, porque no tenemos por qué incurrir en gastos de escribanía’. Entonces, de alguna manera, está consolidación del patrimonio en cabeza de los donatarios puede ir en contra de la libertad de una persona».
Qué conviene más para los hijos si se trata de propiedades
Santiago Magnin es un especialista en el sector inmobiliario que, en su cuenta de TikTok – @santivende – se dedica a ayudar a sus seguidores a vender propiedades. Cuando le preguntaron que convenía más, si hacer sucesión o una donación en vida, el tiktoker decidió responder desde el punto de vista de los hijos.
Dijo: «Si yo fuera tu hijo te diría que no conviene que me hagas una donación en vida porque me anulas dos posibilidades muy grandes de las cuales dispongo al no tener propiedades, ni siquiera un pequeño porcentaje en condominio con mis hermanos en una pequeña propiedad».
Según el influencer, en primer lugar, con la donación, se anula la posibilidad de que el hijo pueda sacar un crédito hipotecario y pueda comprar una propiedad por sí mismo, ya que en la Argentina «los créditos hipotecarios en la Argentina, en general, son para única vivienda, algunos hasta para primera vivienda nada más», explicó.
Por otro lado, dijo el experto, «cuando uno compra una propiedad y vende esa propiedad, que es una propiedad única de ocupación permanente, tiene una excepción total de Impuesto a las Ganancias y también una excepción total de Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, antes, uno reemplaza al otro».
«Por lo tanto, dos grandes desventajas de una donación en vida. Dicho eso, si tu hijo ve que no va a comprar nunca una propiedad, está bueno hacerle una donación en vida porque se evitan todos los gastos de una sucesión» concluyó el especialista.
Fuente: https://www.cronista.com/